PARTE ACTORA: ASOCIACIÓN CIVIL CONCENTROCCIDENTE.-

ENDOSATARIOS EN PROCURACIÓN DE LA PARTE ACTORA: ROBINSON SALCEDO BRICEÑO y MIRTHA NORYS VERTIZ, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° 10.403.882 y 11.201.464, e inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 53.025 y 72.546 respectivamente.-
PARTE DEMANDADA: MARIELA COROMOTO PÉREZ GIL y TIBYSAY DEL CARMEN SUÁREZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.911.691 y V-12.250.023.

MOTIVO: COBRO DE BOLÍVARES VÍA INTIMATORIA.

Riela al folio 8, diligencia suscrita por el abogado: ROBINSON SALCEDO PIÑA, I.P.S.A. N° 53.025, en su carácter de endosatario en procuración de la parte actora, en la cual desiste del Procedimiento, de la acción, solicita se ordene el archivo del presente expediente y solicita la devolución de los recaudos consignados con el Libelo de demanda.-


EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA:

ÚNICO: Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su Homologación al Desistimiento suscrito, da por terminado el presente expediente y ordena el archivo del mismo, procediéndose como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada.- Publíquese y regístrese.- Asimismo, se ordena la devolución de la letra de cambio original, en virtud de que cursa en autos copia certificada de la misma.-

Dada, Firmada y sellada, en la sala de Despacho del Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los nueve (09) días del mes de Febrero del dos mil seis (2006).- Años 195º y 146º.

EL JUEZ,
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Abg. MARTÍN ENRIQUE BONILLA ALVARADO


LA SECRETARIA


ABG. EMMA GARCÍA,

Nota: Publicada en su fecha hoy: 09-02-2006, a las 09:30 a.m.-