REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 3 de Julio de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2005-001856
ASUNTO : TP01-P-2005-001856


Revisado el escrito del Defensor Público Abog JESÚS GREGORIO PACHECO solicitando ante el Tribunal de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo la ampliación del lapso de presentación periódica ya que el ciudadano JOSE RODRIGO GUAYARA GONZALEZ se presenta cada treinta (30) días ante este Tribunal de Control N° 02.
Este Tribunal para decidir observa :
PRIMERO: Establece el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, que el Imputado tiene derecho a solicitar la revisión o la revocatoria de la medida de privación de libertad que sobre él pese, cuantas veces lo desee, sin límite alguno de oportunidad procesal ni de número de solicitudes.
En este contexto, se pasa a revisar la medida.
SEGUNDO: De la revisión de los autos, se verifica, que el ciudadano JOSE RODRIGO GUAYARA GONZALEZ se presenta desde el 19 de Agosto de 2.005 ante este Tribunal por medida cautelar impuesta por este mismo Tribunal de Control Nº 02.
TERCERO: En vista de que se ha presentado a cabalidad cada quince (15) días como se lo han impuesto y visto que la defensor público manifiesta que el imputado es de escasos recursos económicos y el ciudadano JOSE RODRIGO GUAYARA GONZALEZ y que habita en El Sector Cheregüe del Municipio Bolívar del Estado Trujillo le queda retirado de la sede del Circuito Judicial Penal, es por lo se se le Amplia el Lapso de Presentación , cada sesenta (60) días a partir de la próxima presentación. Por las razones antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 02 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA PRIMERO :Ampliar el lapso de presentación del ciudadano JOSE RODRIGO GUAYARA GONZALEZ, Colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 81.425.881., nacido en Colombia en fecha 22-10-57, soltero, alfabeto de 47 años de edad, de profesión agricultor, y con residencia en el sector Cheregue del Municipio Bolívar del Estado Trujillo, diagonal al puente Cauz, Trujillo cada sesenta (60) días ante el Tribunal de Control N° 02 al ciudadano JOSE RODRIGO GUAYARA GONZALEZ cada sesenta (60) días ante el Tribunal de Control Nº 02 . Así se decide.
Trujillo, Estado Trujillo a los tres (03) días del mes de julio de 2.006.
Notifíquese a las partes.

El Juez de Control Abog Carlos Noda


Abg. Adriana Araujo El Secretario