REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 25 de Julio de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2004-000394
ASUNTO : TP01-P-2004-000394
Vista en audiencia oral la presente causa, este Tribunal observa:
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Motivación para decidir.

Revisada la presente causa, se observa al folio 60 AL 63 de la presente causa, decisión de éste Tribunal, de fecha 20.01.2005, en la cual este Tribunal otorgó como Medida alternativa a prosecución del proceso, la Suspensión Condicional del Proceso al ciudadano: RICHARD GODOY LUCENA, CEDULA DE IDENTIDAD NUMERO: 11617014, imponiéndole las siguientes condiciones: PRESENTARSE CADA 15 días la Prefectura del Municipio Carache del Estado Trujillo, por un año, y prohibición de acercarse a la victima y su grupo familiar.
Así la situación, procede el Tribunal a revisar el cumplimiento del Régimen de Prueba impuesto, observándose que si bien la victima no asistió, esta fue citada en su dirección anterior con un vecino que se comprometió a entregársela, y llenando los extremos de ley, por desconocerse su nueva dirección se publicó cartel de notificación a las puertas del tribunal; por lo que no compareciendo, y siendo un derecho el asistir estando citado, a los actos del proceso, se realizó la misma sin su presencia, presumiéndose renuncia a estar presente en la misma; respecto a las medidas impuestas: presentarse cada 15 días ante la Prefectura del Municipio Carache, se observa cumplida, con los recaudos anexados a la causa, así como, la correspondiente a prohibición de acercarse a la victima y su grupo familiar, de autos se observa que no riela ninguna queja en la causa, ni tampoco en la fiscalía del Ministerio Público, ni se ha iniciado ningún nuevo proceso por esta u otra causa, por l que lo procedente en derecho, vista la solicitud de la defensa, y la no oposición de la fiscalía, es decretar el cumplimiento del regimen de prueba impuesto, y el consecuente sobreseimiento de la presente causa, y así se decide.

Decisión

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano: RICHARD JUSEPH GODOY LUCENA, CEDULA DE IDENTIDAD NUMERO: 11617014, por el delito calificado por el juez de Control en Audiencia preliminar como de lesiones MENOS GRAVES, en perjuicio de JOSE LUIS HERNANDEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 318 ordinal 3, y 48 numeral 7 todos del Código Orgánico Procesal Penal.

Publíquese, Regístrese. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad.

La Jueza de Control numero 3
Secretaria

Abg. Nathalia Cruz Cañizales

Abg. LAURA A RAUJO.
En fecha______se cumplió lo ordenado