REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo
Tribunal Penal de Control N° 4
Trujillo, 11 de Julio del 2006
195º y 147º


Vista la solicitud de entrega de vehículo presentada por el ciudadano LISIMACO MARTIN QUEVEDO ATENCIO, la cual versa sobre el vehículo: clase automóvil, tipo sedan, marca Chevrolet, año 1981, modelo Caprice Classic, color gris, uso particular, serial de carrocería 1N694VB104832, serial del motor 4VB104832, placa VFO-509, y realizada la audiencia especial en fecha 05 de Abril del año 2006 para oír al solicitante acerca de sus alegatos, este tribunal para decidir, observa:

La solicitud de entrega de vehículo del ciudadano LISIMACO MARTIN QUEVEDO ATENCIO
El solicitante, asistido por el abogado JUAN CARLOS QUIÑONEZ, presentó solicitud de entrega del vehículo antes descrito ante la Fiscalía Primera del Ministerio Público, alegando su propiedad, cuyo organismo la negó mediante providencia de fecha 10-1-2005 (folio 20).
Posición fiscal
En la audiencia respectiva, el representante fiscal expuso: “La Fiscalía al respecto emitió su pronunciamiento y mantiene la posición sostenida por cuanto el vehículo tiene alteraciones en sus seriales tal como se desprende de la experticia practicada, aún cuando el documento sea autentico, la fiscalía se opone a la entrega por las alteraciones de seriales que presenta el vehículo, consigna constante de 24 folios útiles de la investigación llevada.”
Consideraciones para decidir
A los efectos de que este tribunal proceda o no a la entrega del vehículo a su propietario, observa que conforme a experticia de reconocimiento en los seriales del vehículo practicada por los expertos Darwin Enrique Arias y José Omar Rodríguez, adscritos al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas Valera (folio 18), se obtuvo el siguiente resultado:
1.- El vehículo clase automóvil, tipo sedan, marca Chevrolet, año 1981, modelo Caprice Classic, color gris, uso particular, serial de carrocería 1N694VB104832, serial del motor 4VB104832, placa VFO-509, según experticia de seriales N° 0512460 realizada en fecha 15-12-2005, al momento de la revisión presenta la chapa que identifica el serial ubicada en el área del tablero la cual se encuentra suplantada.
2.- La chapa de seguridad Body se encuentra suplantada.
3.- La superficie donde se encuentra ubicada el serial de chasis fue sometida al proceso de activación de seriales y resultó negativo.
4.- El serial de de motor se encuentra gravado en bajo relieve en su estado original.
5.- La unidad en estudio porta placas de circulación con las siglas VFO-509.

Ahora bien, en base al resultado de la experticia en comento, considera este tribunal que es imposible identificar el vehículo objeto de solicitud, pues el serial de carrocería ubicado en la superficie del tablero y la chapa de seguridad body, se encuentra suplantado, razón por la cual no pudiéndose acreditar la propiedad del vehículo solicitado, lo procedente es negar su entrega, y así se decide.

DECISIÓN

Por las razones antes expuestas, este tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, NIEGA la entrega del vehículo clase automóvil, tipo sedan, marca chevrolet, año 1981, modelo caprice-classic, color gris, uso particular, serial de carrocería 1N694VB104832, serial del motor 4VB104832, placa VFO-509, solicitado por el ciudadano Lisímaco Martín Quevedo Atencio asistido por el abogado Juan Carlos Quiñones, por presentar el vehículo seriales suplantados, tal y como se desprende de las experticias practicadas al mismo y que cursan insertos en la presente causa,
Se acuerda la devolución al Ministerio Público de las actuaciones de la investigación en sus originales y se deja copia de las mismas en la presente causa.
Notifíquese la presente decisión.

El Juez de Control N° 4,

Laudelino Aranguren Montilla
La Secretaria,

Soraida Castellanos

Causa N° TP01-P-2006-000114.