REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo
Tribunal Penal de Control N° 4
Trujillo, 13 de Julio del 2006
196º y 147º
Visto el escrito presentado por la abogada Alba Contreras, defensora pública del ciudadano Jean Carlos Villegas, este tribunal para decidir observa:
La solicitud
La defensora del imputado solicita ampliación del lapso de presentación impuesto como medida cautelar sustitutiva de libertad de cada 30 días a cada 60 días, en atención a que residen en las Travesías de Burbusay y que le dificulta debido a sus labores agrícolas y es persona de escasos recursos económicos.
Motivación para decidir
Considera este tribunal que el motivo de la solicitud se encuentra justificado toda vez que la distancia desde Burbusay a este tribunal es considerable y habiendo cumplido hasta la presente fecha con el régimen de presentaciones ante este tribunal, lo que denota un interés en mantenerse sujeto al proceso, se considera procedente la ampliación del lapso solicitado de 30 días a cada 60 días, por vía de revisión de medida conforme al artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide.
Decisión
Por las razones expuestas, este tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, acuerda la ampliación del lapso de presentación del ciudadano Jean Carlos Villegas de 30 días a cada 60 días, por vía de revisión de medida conforme al artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese la presente decisión.
El Juez de Control N° 4,
Laudelino Aranguren Montilla
La Secretaria,
Soraida Castellanos
Causa N° TP01-P-2005-001094