REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y OBLIGACIÓN ALIMENTARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO TRUJILLO.
VALERA, DIEZ (10) DE JULIO DE DOS MIL SEIS.
196º y 147º.

Por recibido el anterior escrito constante de un (01) folio útil, junto con recaudos acompañados contentivos de Copias Simples de las cédula de identidad de los contrayentes y Copia Certificada del Acta de Matrimonio, presentado por ante el Juzgado Distribuidor de esta Circunscripción Judicial, y asignado a este Tribunal por sorteo; fórmese Expediente, numérese, désele curso de ley.- Dicho escrito contiene la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO ACUERDO, formulado por los cónyuges ciudadanos: MARILIN KATIUSCA COLMENARES RUZA y JHONNY ALBERTO PEREZ AZUAJE, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nros. 15.408.250 y 14.310.981, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Trujillo, Estado Trujillo, asistidos por los abogados REGULO VALECILLOS MENDEZ y SALVADOR VILLEGAS CORTES, Inpreabogados Nros. 73.606 y 10.872; este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Agrario y Obligación Alimentaria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS de los expresados cónyuges, de conformidad con los Artículos 189 del Código Civil y 762 del Código de Procedimiento Civil, en la forma, términos y condiciones establecidos por ellos en el escrito que se provee. Expídase por Secretaría las copias certificadas que soliciten los interesados.-Diarícese. Cúmplase.

EL JUEZ,

ABOGADO OSCAR ROMERO ACEVDO.

LA SECRETARIA,

ABOGADO TAULI T. SALAS RENDÓN.

ORA/TTSR/m.v.p.s.
Expediente Nº 26546.