JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, BANCARIO, DEL TRANSITO Y CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, CON SEDE EN TRUJILLO.-
Trujillo, 26 de julio de 2006
196° y 147°
Vista la diligencia suscrita por el abogado VICENTE CONTRERAS, inscrito en el inpreabogado bajo el 5.302, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandante mediante la cual desiste del procedimiento en el presente juicio, y por cuanto observa este juzgador que el referido abogado tiene facultad expresa para realizar dicho desistimiento, según consta en poder apud-acta otorgado por el ciudadano LINO JOSE DABOIN, ante este juzgado en fecha 12 de mayo de 2005, el cual cursa a los folios 6 y 7 de este expediente, y que la parte demandada no ha sido citada. En consecuencia este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación homologa el desistimiento, le dá carácter de cosa juzgada y se abstiene de archivar el expediente hasta tanto no quede firme la presente decisión.
El Juez Titular,
Abg. Adolfo Gimeno Paredes
La Secretaria Accidental,
Abg. Zuleida Segovia
AGP/vs.
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