TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. Trujillo, 17 de Julio de 2006.
196º y 147º

Actuación Nº S1-0598

MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITANTE: ROSIBELL DEL CARMEN LAGUADO MIRANDA.

Vista la solicitud que antecede, presentada por la ciudadana ROSIBELL DEL CARMEN LAGUADO MIRANDA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.799.804, domiciliada en el Municipio Valera, Estado Trujillo, asistida por el abogado JOSÉ ADAN BECERRA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 36.533, solicitó se declare a sus hijos (se omite los nombres de acuerdo a previsiones de la LOPNA) como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto JOSÉ DE JESÚS GONZÁLEZ FRANCO. Que con vista a los recaudos presentados como son: Acta de defunción al folio 06, partidas de nacimiento cursantes a los folios 07 al 11; y declaración de Testigos cursante a los folios 13 al 17. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y vencido el término por la precitada disposición legal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto JOSÉ DE JESÚS GONZÁLEZ FRANCO, quién falleció ab-intestato, según acta de defunción inserta al folio 06 de la solicitud, a sus hijos (se omite los nombres de acuerdo a previsiones de la LOPNA), según documentos públicos que cursan en estas actuaciones. Se dejan a salvo los derechos de terceros que pudieran tener ante el presente decreto.- Devuélvanse todas las actuaciones en original a la solicitante y déjese copias fotostáticas certificadas de las mismas en el archivo de este Tribunal.
LA JUEZ,
ABG. ZORAIDA PÉREZ DE VALERA

LA SECRETARIA,
ABG. EVELYN RODRÍGUEZ