REPÚBLICA BOLÍVARIANA DE VENEZUELA
 
TRIBUNAL DE PROTECCION  DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.
 
PODER JUDICIAL
 
Trujillo, 20 de Julio de 2006
 
196º y 147º
 
 
Solicitante: FELIX MEDARDO ANTUNEZ MACHADO, titular de la cédula de identidad N° 13.514.414
 
Abogado Asistente: YUSMILA VALENTINA TERAN BARRIOS, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 89.372 
 
Motivo: Curatela
 
	
 
	Vista la solicitud formulada por el ciudadano: FELIX EDUARDO ANTUNEZ ARTIGAS, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.514.414, domiciliado en la ciudad de Trujillo Estado Trujillo, asistido por  la abogado: YUSMILA VALENTINA TERAN BARRIOS, inscrita en el IPSA bajo el Nº 89.372, por cuyo medio y ante la intención de contraer nuevas nupcias, pidió la designación de Curador Especial, favor de mi hijo (Se omite el nombre de acuerdo a lo establecido por el articulo 65 de la L.O.P.N.A) habiendo consignado la partida de nacimiento de el inserta al (folio 04) y copia fotostática de la sentencia de divorcio (folios 05 al 06). El Tribunal observa que el solicitante ejerce conjuntamente la patria potestad sobre dicho hijo y es quien lo representa  en sus actos civiles y administra sus bienes, pero para acto como el pretendido requiere de la designación pedida, de conformidad con los artículos 110 del Código Civil, en armonía con los artículos 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la que debe recaer en la persona de PAULA MARITZA MACHADO GUERRA, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-4.876.166, domiciliada en la ciudad de Trujillo Municipio y Estado Trujillo, quien en la oportunidad de su comparecencia ante este Tribunal, aceptó el cargo y juró cumplir leal y fielmente con los deberes inherentes al mismo. Por las razones expuestas y especialmente  conforme a los artículos citados, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda:
 
 
                                         DISPOSITIVA
 
 
         PRIMERO: Se designa a la ciudadana: PAULA MARITZA MACHADO GUERRA, ya identificada, Curador Especial del niño (Se omite el nombre de acuerdo a lo establecido por el articulo 65 de la L.O.P.N.A) ante el nuevo matrimonio que contraerá el padre ciudadano: FELIX MEDARDO ANTUNEZ MACHADO, igualmente identificado y a solo ese efecto.
 
 
	
 
    SEGUNDO: Entréguese a la solicitante original de este expediente, dejando en su lugar, copia certificada del mismo.
 
 
 
      La Juez Suplente Especial
 
 
 
   Abog. Alejandrina Rivas Ruiz
 
                                                              La Secretaria Temporal
 
 
                                            
 
                                                          Abog. María A. Parilli Vásquez
 
 
En esta misma fecha se público el presente fallo siendo las 10: 00 a.m., dejando copia de la misma en el copiador de Sentencia.
 
 
 
     La Secretaria Temporal
 
 
 
Abog. María A. Parilli Vásquez 
 
 
 
 
 
 
AARR/MAPV/kdvd
 
Exp. N° 1000
 
 
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