REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELIAS

M O T I V A:

Estas son las actuaciones procesales en el presente caso, por lo que el Tribunal pasa a dictar sentencia en base a las siguientes consideraciones: PRIMERO: Se deduce que la acción intentada es la de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, incoada por la ADOLESCENTE: LISBETH CAROLINA LEAL PLAZA, venezolana, con domicilio en el sector Vega Arriba Los Eucaliptos Municipio Boconó del Estado Trujillo, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.251.597, fecha de nacimiento 12-11-1988 de 16 años de edad en representación por su madre MARÍA DEL CARMEN PLAZA, mayor de edad, soltera y titular de la cédula de identidad N° 5.631.122; por la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00) mensuales a favor del niño por nacer, por el demandado de autos ciudadano: SAMUEL ORTEGANO GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la Encomienda el Plan cerca del señor Amado Contreras, agricultor, Municipio Boconó del Estado Trujillo.- SEGUNDA: El Acto Conciliatorio no se verifico por cuanto ninguna de las partes se hizo presente ni por si ni por medio de apoderado judicial.- TERCERO: durante el lapso de Promoción de Pruebas, ninguna de las parte hizo uso de ese derecho.-CUARTO: observa esta juzgadora, que en el presente caso no existen elementos de prueba, que constituyan indicios suficientes, precisos y concordantes, así como no existe declaración del ciudadano SAMUEL ORTEGANO GONZÁLEZ mediante la cual manifieste ser el padre del niño que esta por nacer.- Observa la juzgadora que al no estar probado en relación paterno filial, no existen indicios suficientes precisos y concordantes que pueda llevar a convicción de que el niño que esta por nacer sea o no hijo del mencionado ciudadano.- QUINTO: en base a estas consideraciones es por lo que el Tribunal tiene que declarar SIN LUGAR por ser improcedente, la solicitud de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA hecha por la ADOLESCENTE: LISBETH CAROLINA LEAL PLAZA, venezolana, con domicilio en el sector Vega Arriba Los Eucaliptos Municipio Boconó del Estado Trujillo, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.251.597, fecha de nacimiento 12-11-1988 de 16 años de edad en representación de su madre MARÍA DEL CARMEN PLAZA, mayor de edad, soltera y titular de la cédula de identidad N° 5.631.122.-, a favor del niño que esta por nacer.- ASÍ SE DECIDE.-

D I S P O S I T I V A:

Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR, la solicitud de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA incoada por ADOLESCENTE: LISBETH CAROLINA LEAL PLAZA, venezolana, con domicilio en el sector Vega Arriba Los Eucaliptos Municipio Boconó del Estado Trujillo, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.251.597, fecha de nacimiento 12-11-1988 de 16 años de edad en representación de su madre MARÍA DEL CARMEN PLAZA, mayor de edad, soltera y titular de la cédula de identidad N° 5.631.122, contra el ciudadano: SAMUEL ORTEGANO GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la Encomienda el Plan cerca del señor Amado Contreras, agricultor, Municipio Boconó del Estado Trujillo.-
Déjese copia certificada del presente fallo y publíquese.-
Dado, Sellado, Firmado y Refrendado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.- Boconó, a los once (11) días del mes de julio de dos mil seis. Años: 195º de la Independencia y 147º de la Federación.-
La Juez Temporal,

Abg. Soraya Soler Cuevas.
La Secretaria,

Yonely Fernández Mejía

En la misma fecha se dejó copia certificada de la presente decisión, se publicó siendo las doce (12:00) meridiem.
La Secretaria,