REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR PARA EL RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.
196 ° Y 147°
Trujillo, 12 de julio de 2006
ASUNTO: TP11-R-2006-000032
Visto que ha sido designado el suscrito Abg. ADRIÁN MENESES, como Juez Superior del Trabajo y Coordinador Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, debidamente juramentado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 25 de marzo de 2006; el mismo se ABOCA al conocimiento de la presente causa judicial. En este expediente se recibió y se agregó acta transaccional suscrita entre el actor y la demandada a los fines de dirimir en forma definitiva las diferencias de criterios, reclamación y planteamientos del DEMANDANTE frente a la suma demandada, ofreciéndosele por concepto de prestaciones sociales y demás conceptos especificados en la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta circunscripción judicial en fecha 31/03/06, la cantidad de Bs.14.043.067. Por su parte el DEMANDANTE declara su aceptación y total conformidad con el ofrecimiento transaccional efectuado por la DEMANDADA, y recibe le suma de CATORCE MILLONES CUARENTA Y TRES MIL BOLIVARES CON SESENTA Y SIETE CENTIMOS, Bs.14.043.067; el señalado monto abarca la totalidad del objeto litigioso, y nada queda a deberle la parte demandada al accionante por el monto reclamado en el presente asunto, o por algún otro concepto. Este Juzgado Superior para el Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN CELEBRADA ENTRE LAS PARTES, DÁNDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA, de conformidad con los Artículos 258 de la Constitución Nacional, 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y el 256 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, a
los (11) días del mes de julio de dos mil seis (2006).- Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-
EL JUEZ SUPERIOR DEL TRABAJO
ABG. ADRIÁN MENESES
LA SECRETARIA
Abg. Johana Tirado Lamus
En el día de hoy, (11) de julio de dos mil seis (2006), se publicó el presente fallo.-
LA SECRETARIA
Abg. Johana Tirado Lamus
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