REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
 
Trujillo, tres de julio de dos mil seis
 
196º y 147º
 
 
ASUNTO : TP11-L-2006-000297
 
Parte Demandante: José de la Natividad Aponte
 
Abogado Asistente:
 
Parte Demandada: Ramón Delgado
 
Abogado Asistente: Javier Luque
 
Motivo: Cobro de Prestaciones Sociales.
 
 
En el día de hoy, Tres (3) de Julio (7) del Dos Mil Seis (2006) siendo las 9:30 a.m. día y hora fijados para que se produzca la audiencia preliminar, se deja constancia que la parte fueron llamadas y no se encontraba presente la parte demandante ciudadano, José de la Natividad Aponte, ni por si ni por intermedio de abogado, se deja constancia que la parte demandada estaba presente, ciudadano Ramón Benito Delgado, titular de la cédula de identidad N° 288.224, asistido del abogado Javier Luque, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 65.919,  por cuanto la parte demandante no se encontraba presente ni por si ni por intermedio de abogado que lo represente,  aplicándose lo establecido en el art. 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, del desistimiento del procedimiento, en consecuencia EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO  de conformidad con el art. 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se le advierte a la parte que podrá ejercer el recurso correspondiente, o interponer nuevamente la demanda pasado que sean los noventa (90) días continuos. Conforme leen y firman.
 
La Jueza
 
 
Abg. YULIBETT CALDERÓN
 
 
                                                                               La Secretaria
 
 
                                                                             Abg. EGLEIDA RUÍZ
 
 
 
 
Demandado                                                          Abogado Asistente
 
 
 
 
En esta misma fecha se publico
 
                                                                              La Secretaria
 
 
                                                                             Abg. EGLEIDA RUÍZ
 
 
                                                                                                                                                                                                                             
 
 
 
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