REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO No. 6
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
EN SU NOMBRE
Barquisimeto, 25 de julio de 2006
Años: 196° y 147°
ASUNTO: KP01-P-2004-000086
ACTA DE INHIBICION
Visto como ha sido el presente asunto, en el cual se le sigue enjuiciamiento al Ciudadano: JOEL DAVID DURAN GALINDEZ , por su presunta participación en el delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION , esta juzgadora observa que en fecha 2 de Febrero de 2004 se realizo audiencia de presentación presidida por esta juzgadora actuando como Jueza de Control No.9 de este Circuito Judicial Penal, decretando con lugar la detención flagrante, acordando medida cautelar sustitutiva de la privativa de libertad y ordenando la continuación del enjuiciamiento por vía de procedimiento abreviado, todo lo cual fue debidamente fundamentado y consta en actas de fecha 2 y 4 de febrero del año 2004 insertas a los folios 12,13,14,16,17 y 18 del asunto, en razón de lo cual y de conformidad con lo previsto en el ordinal 7º del artículo 86 en relación con el artículo 87 del Código Orgánico Procesal Penal, procedo a INHIBIRME del conocimiento de la causa, por haber emitido opinión al conocer de la misma en las circunstancias ya expuestas.
En consecuencia de la presente inhibición se ORDENA abrir cuaderno de incidencias que se remitirá a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal de esta Circunscripción Judicial, en el que se Anexara Copia certificada de la presente inhibición, y de los folios de la causa principal citados en esta acta, a los fines legales consiguientes. Remítase igualmente a la Secretaría, las actuaciones inherentes a la causa, a los fines de su correspondiente distribución sin más dilación a otro Juez de Juicio que habrá de conocer del asunto principal.
Regístrese, publíquese y notifíquese. Tramítese lo conducente. Cúmplase.
La Jueza de Juicio No. 6
Dra. Pilar Fernández de Gutiérrez
|