REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, tres de Julio de dos mil seis
196º y 146º
ASUNTO : KP02-S-2006-1011
La Ciudadana BELKIS JOSEFINA RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad No. 9.117.337, solicitó la rectificación de su PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido que figura su nombre como BERTA JOSEFINA, siendo lo correcto “BELKIS JOSEFINA”. La solicitud se admitió a sustanciación acordándose notificar al Fiscal del Ministerio Público.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la boleta anexa, ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure correcto el nombre de la solicitante como “BELKIS JOSEFINA”.- En consecuencia ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia José María Blanco, Municipio Crespo del Estado Lara y al Registro Principal, inserte la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento N° 249, folio 125, año 1964. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto, a los tres días del mes de Julio de dos mil seis. Años 196º y 147º.

LA JUEZ, EL SECRETARIO ACC,

ABG. TANIA M. PARGAS C. ABG. EDWARD RAMOS.

Seguidamente se oficio bajo los Nros. 0900-1633 y 1634.-
TMP/ER/ij.

EL SUSCRITO SECRETARIO ACCIDENTAL DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA COPIA ANTERIOR. BARQUISIMETO. FECHA UT SUPRA.-


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, tres de julio de dos mil seis
196º y 146º
ASUNTO : KP02-S-2006-1011
Oficio N° 0900-1633

CIUDADANO
JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA JOSE MARIA BLANCO
MUNICIPIO CRESPO DEL ESTADO LARA.
EL ENEAL.-

Anexo al presente oficio remito a Ud. copia certificada de la sentencia firme recaída en el expediente KP02-S-2006-1011, de conformidad con lo pautado en el artículo 507 del Código Civil.-
DIOS Y FEDERACION,


ABG. TANIA M. PARGAS C.

ANEXO: LO INDICADO.
TMP/ij.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, tres de julio de dos mil seis
196º y 146º
ASUNTO : KP02-S-2006-1011
Oficio N° 0900-1634

CIUDADANO
REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA.
SU DESPACHO.

Anexo al presente oficio remito a Ud. copia certificada de la sentencia firme recaída en el expediente KP02-S-2006-1011, de conformidad con lo pautado en el artículo 507 del Código Civil.-
DIOS Y FEDERACION,

ABG. TANIA M. PARGAS C.

ANEXO: LO INDICADO.
TMP/ij.