REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de julio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : KP02-S-2006-012011
Vista la solicitud presentada por la ciudadana DORIS DEL CARMEN COLOMBO PINEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.776.283, de este domicilio, asistida de abogada, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que adquirió a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicada en Chirgua I, Sector Los Robles, Parte Alta, Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido que mide aproximadamente 14,00 metros de frente por 16,00 metros de largo, para un área total de DOSCIENTOS VEINTICUATRO METROS CUADRADOS (224 Mts.2); alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con bienhechurías de Rosalía Colombo; SUR: Con calle en proyecto que es su frente; ESTE: Con bienhechurías de Marilyn Colombo, y OESTE: Con bienhechurías de Reina Urdaneta. Dichas bienhechurías consisten en una cerca de alambre de púas sobre estantillos de madera. El valor invertido es la cantidad de UN MILLÓN DE BOLÍVARES (Bs. 11.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos: PEDRO RODRÍGUEZ y JOSÉ RIVERO, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor de la ciudadana DORIS DEL CARMEN COLOMBO PINEDA, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la debida autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
La Juez Suplente Especial,
Mariluz Josefina Pérez
La Secretaria,
Maria Fernanda Alviarez
MJP/dmg
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