Visto el Convenimiento suscrito entre los ciudadanos: LILIANA CECILIA MARTINEZ CANO, mayor de edad, titular de la identificación N°: 32.871.937 y ALVARO JOSE DE LA HOZ CAMARGO, mayor de edad, titular de identificación N°: 8.774.942, en el expediente N°: OA: 138 - 06, que por Motivo de Obligación Alimentaria fue remitido con Oficio N°: 0154 - 06, por la Defensoría del Niño y del Adolescente de El Tocuyo, Municipio Morán del Estado Lara, en NUEVE (09), folios útiles. Este Juzgado del Municipio Moran de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: HOMOLOGADO el presente Convenimiento de Conformidad con el Art. 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Ofíciese a la Defensoría del Niño y del Adolescente participándole la presente Homologación.
El Juez Temporal
Dr. Ramón Álvarez Suárez.
La Secretaria Accidental
Magalis Vásquez
En la misma fecha se libró Oficio bajo el N°: 2650 - _______.-
La Sec. Acc.-
Leysis P.-
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