REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
ASUNTO: KP02-S-2005-008346
PARTE ACTORA: JESUS ALBERTO BLANCO URBINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 10.545.475
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTE Y RECREACION DE IRIBARREN (IMDERI).
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
Hoy, 02 de agosto de 2006 siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja expresa constancia de que no comparece ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno la parte demandante ciudadano JESUS ALBERTO BLANCO URBINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 10.545.475 ni la parte demandada INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTE Y RECREACION DE IRIBARREN (IMDERI), según la información suministrada por el Alguacil JONATHAN ACOSTA, titular de la cédula de Identidad V- 16.748.827 encargado de anunciar la audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195° y 147°.
El Juez
La Secretaria
Abg. José Tomás Alvarez Mendoza
Abg. Silibel M. Arroyo R.
La Parte compareciente
El Alguacil
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