REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 6 de Junio de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2006-001557
ASUNTO : TP01-P-2006-001557

Vista la solicitud de orden de Allanamiento presentada por La Fiscal Auxiliar del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía Tercera del Estado Trujillo Abg. ANGEL ROJAS, por ante este Tribunal de Control, a los fines de que dicha orden sea practicada por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Valera del Estado Trujillo y Policía del Estado Trujillo por el Inspector José Hernández, Agente Luis Herrera y Agente (PET) COMISIONADO José Gregorio Duran, con la finalidad de llevar a efecto un registro mediante visita domiciliaria del inmueble siguiente: Ubicada en la Urbanización el Country, Sector 5, Quinta Yaneth, de color beige, con portón de color blanco, frente a la residencia Girasol, al lado de un terreno baldío, cercado de bloque sin frisar y una casa quinta de color blanco, en la cual habita un ciudadano de nombre GIOVANNY PAGANO HERNANDEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° E- 81.797.541. Este Tribunal, visto el escrito presentado por el Ministerio Publico, donde manifiesta que en fecha del 31 de mayo de 2006 se recibió denuncia del ciudadano Gustavo Adolfo Zambrano Torres, titular de la cedula de identidad N° 3.907.902, en su condición de gerente administrativo de la Empresa Cemento Andino, en la cual informa que sean desaparecido varios vehículos de dicha empresa, y según decisión del Tribunal Séptimo en funciones de Ejecución del Área Metropolitana, dichos vehículos no han podido ser ubicados, revisadas las actuaciones de la causa y mas específicamente en los folios 11 y 12, donde se indica que encuentra un vehículo MARCA JEEP, MODELO GRAND CHEROKEE, COLOR PLATA, PLACAS TAJ-97E, el cual corresponde las características de un vehículo propiedad de la empresa Cemento Andino según copia de cerificado de registro el cual riela en el folio 10 de la causa, en consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 1 ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Acuerda Orden de Allanamiento para llevar a efecto un registro de visita domiciliaria al inmueble siguiente: Ubicada en la Urbanización el Country, Sector 5, Quinta Yaneth, de color beige, con portón de color blanco, frente a la residencia Girasol, al lado de un terreno baldío, cercado de bloque sin frisar y una casa quinta de color blanco, en la cual habita un ciudadano de nombre GIOVANNY PAGANO HERNANDEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° E- 81.797.541, todo de conformidad con lo que prevé el artículo 210, del Código Orgánico Procesal Penal y ordenadose de igual forma a que la misma sea practicada a solicitud del Ministerio Publico por los funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub- Delegación Valera del Estado Trujillo y Policía del Estado Trujillo por el Inspector José Hernández, Agente Luis Herrera y Agente (PET) COMISIONADO José Gregorio Duran, debiéndose informar a este Tribunal de las resultas de la misma. Ofíciese lo conducente.

El Juez de Control N° 02


Abg. Adriana Araujo

El Secretario

Abg. Rubén Moreno.