REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución
TRUJILLO, 29 de junio de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : TJ01-P-2000-000087
ASUNTO : TJ01-P-2000-000087

Por cuanto ante el Secretario de este Tribunal de Ejecución se recibió y se dio entrada a la presente causa, se procede a la ejecución de la Sentencia Condenatoria, impuesta al Penado: Pérez Fernández Néstor José, por la comisión del delito de Porte ilícito de Arma Blanca, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal derogado, en agravio del Orden Público y lo condenó a cumplir la pena de un (01) año y seis (06) meses de prisión, más las accesorias de ley previstas en el artículo 16 del Código Penal, previa aplicación del procedimiento especial por admisión de los hechos conforme el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal; en consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA EJECUTAR la referida sentencia en aplicación del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal. Sin embargo, como quiera que la pena impuesta permite el otorgamiento de una de las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena, como lo es la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, y el penado se encuentra en libertad sin medida alguna restrictiva de la libertad, se ACUERDA citar al penado para el día 12 de Julio de 2006 a las diez de la mañana (10:00am) para que conjuntamente con su defensor concurra ante este despacho, a fin de ser impuesto de la ejecución de la sentencia y de los requisitos para la procedencia de la fórmula alternativa de cumplimiento de pena indicada. Igualmente se ordena oficiar a la División de Antecedentes Penales a los fines de que se expida certificación de los posibles antecedentes penales que pudiera registra el penado de autos y a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, Trujillo a los fines que le elaboren el informe técnico al referido penado. Cúmplase.
La Juez de Ejecución N° 3,

Abg. Fanny Elizabeth Terán Márquez.
El Secretario,


Abg. Yender Alexander Matos Caseres