REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y OBLIGACION ALIMENTARIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.-

VALERA, VEINTISIETE (27) DE JUNIO DE DOS MIL SEIS.-
196º y 147º

Vista la diligencia suscrita por el ejecutado ciudadano ERASMO FLOREANI AITA, quien fundamentándose en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil y con la asistencia del Abogado Juan Carlos Barrios R., alega que el remate del bien embargado no fue impulsado mediante la publicación de carteles y considera que esa inactividad de la parte actora para la publicidad del remate produce pérdida de ese derecho por lo que pide la extinción de la causa. Verificada la notificación de la Procuraduría General de la República (folios 101 y 102), y reanudada como se encuentra la causa, se provee sobre la extinción de la instancia, solicitada en estado de ejecución de sentencia, debido al incumplimiento de la autocomposición homologada por el Tribunal en fecha 07 de octubre de 1986, y para resolver, el Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil y en aplicación de Jurisprudencia reiterada y la doctrina, declara que en el caso que nos ocupa no opera la perención por encontrarse la causa en estado de ejecución. Así se deja establecido.-

EL JUEZ,


ABG. OSCAR ROMERO ACEVEDO.-


LA SECRETARIA,

ABG. TAULI T. SALAS RENDON.-

ORA/TTSR/mhr.
EXPEDIENTE Nº 6696