Vistas las diligencias insertas en el presente expediente, la primera al folio 78 suscrita por el ciudadano Roger Ely Reverol Mora, asistido por la Abogada Deisy Paredes, I.P.S.A. Nº 87.653, donde presente convenimiento y solicita la homologación del mismo, el Tribunal aclara a los diligencias que la mismo está formulada sobre Juicio de Desalojo de Inmueble y no concuerda con el que nos ocupa, Reconocimiento de la Existencia de Comunidad Concubinaria, dicho convenimiento versa sobre cosa distinta al objeto del presente juicio.
La segunda inserta al folio 117, suscrita por la parte actora ciudadana Jennifer Nesmir Stivala Estrella, asistida por la Abogada María Araujo, identificadas en actas, señala que es falso que exista un acuerdo con el demandado.