REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO, BANCARIO Y CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, CON SEDE EN TRUJILLO.-
Trujillo, 22 de junio de 2006.-
195° y 147°
Vista la diligencia de fecha 21 del presente mes y año, suscrita por la abogada en ejercicio Mélida Fabiola Herrera, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano Ramón Antonio Morillo Suárez, mediante la cual solicita sea rectificada la parte dispositiva de la sentencia dictada por este juzgado en fecha primero (1º) de junio de 2.006, la cual corre inserta a los folios del 38 al 41, en el sentido de que se invirtió los nombres de su representado en la presente rectificación de partida de nacimiento, siendo que se le colocó el nombre como: “Antonio Ramón”, siendo el correcto: “RAMON ANTONIO”, por lo que solicita sea corregida la misma.
Ahora bien, observa este Tribunal de la revisión de la referida sentencia, que es cierto que en la parte DISPOSITIVA del fallo dictado, donde se escribió lo siguiente: “… Donde se identificó como: “RAMON ANTONIO”, debe decir: “ANTONIO RAMON”…”, se incurrió en el error de invertir dichos nombres; razón por la cual este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, rectifica la sentencia en su parte dispositiva, en lo que se refiere a los nombres del solicitante de autos, en el sentido siguiente: “…Donde se identificó como: “ANTONIO RAMON”, debe decir: “RAMON ANTONIO”, por lo tanto el nombre correcto del referido ciudadano, es: RAMON ANTONIO, y ASI SE DECIDE. En consecuencia, queda rectificada la sentencia dictada en fecha primero (1ero) de junio del dos mil seis (2.006), y ténganse el presente auto como parte de la referida sentencia. Se ordena oficiar tanto a la Alcaldía del municipio Trujillo, como al Registrador Principal de este estado Trujillo, a fin de que se corrija en la partida de nacimiento signada con el Nº 145, del año 1.930, correspondiente

al ciudadano RAMON ANTONIO MORILLO SUAREZ, sus nombres, conforme a lo establecido ut supra. Ofíciese.

El Juez Titular,

Abg. Adolfo Gimeno Paredes.

La Secretaria Accidental,

Abg. Zuleida Segovia Pérez