JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, BANCARIO, TRANSITO Y CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, CON SEDE EN TRUJILLO.
Trujillo, 09 de junio de 2006
196º y 147º
Vista la solicitud que antecede, presentada por la ciudadana: TERESA DE JESUS RODRIGUEZ DE RODRIGUEZ, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.315.298, domiciliada en la ciudad de Trujillo, jurisdicción del municipio y estado Trujillo, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JOSE DARIO CIFUENTES CAÑIZALEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 84.697, mediante la cual solicita de este Tribunal se les declare como únicos y universales herederos a su persona y a los ciudadanos: CARIDAD ANTONIA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, FREDDY JOSE RODRIGUEZ RODRIGUEZ, CESAR ONASIS RODRIGUEZ RODRIGUEZ, ENEXIS RAMON RODRIGUEZ RODRIGUEZ, EDUAR PASTOR RODRIGUEZ RODRIGUEZ, KRISOGUER DE JESUS RODRIGUEZ RODRIGUEZ y MARIA TERESA RODRIGUEZ RODRIGUEZ en su condición de esposa e hijos del causante PASTOR ANTONIO RODRIGUEZ VERDE, quién era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.381.565 , fallecido ab-intestato, en fecha 14 de abril de 2006, en el hospital Juan Motezuma Ginnari del Seguro Social de Valera del estado Trujillo, según consta del acta de defunción N° 92, inserta al folio 13 del expediente. Ahora bien, este tribunal con vista a los recaudos presentados: Justificativo de testigos evacuado por el Juzgado de los municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, acta de defunción del causante PASTOR ANTONIO RODRIGUEZ VERDE, expedida por la Oficina de Registro Civil de las Parroquias La Beatriz y San Luis del municipio Valera , estado Trujillo, acta de matrimonio del mismo y la ciudadana TERESA DE JESUS RODRIGUEZ DE RODRIGUEZ, actas de nacimiento de los hijos del referido causante y copias de sus cédulas de identidad. Observa este tribunal, que la solicitante de autos ciudadana: TERESA DE JESUS RODRIGUEZ DE RODRIGUEZ, solicita se le declare como únicos y universales herederos a su persona y a los ciudadanos: CARIDAD ANTONIA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, FREDDY JOSE RODRIGUEZ RODRIGUEZ, CESAR ONASIS RODRIGUEZ RODRIGUEZ, ENEXIS RAMON RODRIGUEZ RODRIGUEZ, EDUAR PASTOR RODRIGUEZ RODRIGUEZ, KRISOGUER DE JESUS RODRIGUEZ RODRIGUEZ y MARIA TERESA RODRIGUEZ RODRIGUEZ en su condición de esposa e hijos del causante PASTOR ANTONIO RODRIGUEZ VERDE.
Ahora bien, del análisis del justificativo de testigos evacuado por ante el Juzgado de los municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, donde declararon los ciudadanos: MARIA AQUILINA CORONEL DE LEGER y JUAN JOSE FONSECA, quienes alegaron que conocen de vista, trato y comunicación a la solicitante ciudadana Teresa de Jesús Rodríguez de Rodríguez, y a sus hijos CARIDAD ANTONIA, FREDDY JOSE, CESAR ONASIS, ENEXIS RAMON , EDUAR PASTOR, KRISOGUER DE JESUS y MARIA TERESA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, al igual que conocieron a su cónyuge Pastor Antonio Rodríguez Verde, que saben y les consta que el mismo falleció en fecha 14 de abril de 2006, en el hospital Juan Montezuma Ginnari del seguro social del municipio Valera del estado Trujillo, que saben y les consta que la solicitante ciudadana Teresa de Jesús Rodríguez de Rodríguez y sus hijos anteriormente mencionados son los únicos y universales herederos del causante Pastor Antonio Rodríguez Verde. En consecuencia, este tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus PASTOR ANTONIO RODRIGUEZ VERDE, fallecido ab- intestato en fecha 14 de abril de 2006, en el hospital Juan Motezuma Ginnari del Seguro Social de Valera del estado Trujillo, según consta del acta de defunción N° 92, que corre inserta en autos al folio 13 del expediente, expedida por la Oficina de Registro Civil de las Parroquias La Beatriz y San Luis del Municipio Valera del estado Trujillo, a los ciudadanos: TERESA DE JESUS RODRIGUEZ RODRIGUEZ, CARIDAD ANTONIA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, FREDDY JOSE RODRIGUEZ RODRIGUEZ, CESAR ONASIS RODRIGUEZ RODRIGUEZ, ENEXIS RAMON RODRIGUEZ RODRIGUEZ, EDUAR PASTOR RODRIGUEZ RODRIGUEZ, KRISOGUER DE JESUS RODRIGUEZ RODRIGUEZ y MARIA TERESA RODRIGUEZ RODRIGUEZ , en su condición de esposa e hijos del causante PASTOR ANTONIO RODRIGUEZ VERDE. Se dejan a salvo los derechos que los terceros pudieran tener ante el presente decreto. Devuélvanse todas las actuaciones en original a la solicitante y déjese copia fotostática certificada de las mismas en el archivo del tribunal.-
El Juez Titular,

Abg. Adolfo Gimeno Paredes

La Secretaria Accidental,

Abg. Zuleida Segovia



AGP/vs.