REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALERA, URDANETA Y ESCUQUE

Valera 15 de junio 2006-06-20


En horas de despacho del día de hoy quince (15) de junio del año 2006, siendo la una de la tarde ( 1:00 ), día y hora fijados para cumplir con la comision emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Agrario Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, se traslado y constituyo este tribunal en el sitio indicado por la parte actora, representada en este acto por el abogado Antonio ortega Albornoz, titular de la cedula de Identidad N° 9.282.831 e inscrito en el IPSA bajo el N° 27848, en las oficinas del Banco Banesco, ubicadas en la avenida Bolívar con calle 6 de la ciudad de Valera del Estado Trujillo. Seguidamente el Tribunal notifica de su misión al ciudadana Douglas Javier Rosales Rivero, titular de la cedula de identidad N° 13.048.738, en su condición de sub.-Gerente de la referida agencia bancaria .En este estado la parte actora solicita el derecho de palabra y concedido que le fue expuso.” Solicito al Tribunal
Requiera del notificado información si en la cuenta corriente 0000000000, cuyo titular es Cementerio Parque Nuestra Señora de la Paz CA (CENUPAZ) , existen fondos disponibles hasta por la cantidad de Siete Millones Trescientos Noventa y Tres mil Trescientos Treinta y tres Bolívares con Treinta y Tres Céntimos ( 7,393. 333,33 ), cantidad liquida a que se contrae el presente despacho , es todo.” El Tribunal visto lo solicitado acuerda conforme y acuerda la información solicitada. En este estado el notificado solicita el derecho de palabra y concedido que le fue expuso.” En la cuenta indicada N° 000000000, cuyo titular es CENUPAZ CA., si existen fondos disponibles hasta por el monto indicado por el apoderado actor. Es todo.” En este estado la parte actora solicito el derecho e palabra y concedido que le fue expuso.” Indico a embargar ejecutivamente en este acto la cantidad de Siete Millones Noventa y Tres Mil Trescientos Treinta y tres Bolívares con Treinta y Tres céntimos ( 7.393.33,33 ), de los fondos disponibles en la cuenta N° 000000000, cuyo titular es la Co- Demandada CENUPAZ CA., es todo .” Seguidamente este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Valera, Urdaneta, Escuque, San Rafael de Carvajal y Motatan de la Circunscripción judicial del Estado Trujillo en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara embargada ejecutivamente la cantidad indicada en la cuenta señalada por el abogado actor , se declara la disposición jurídica de lo embargado . El Tribunal nombra como Depositario Judicial al ciudadano Douglas Javier Rosales Rivero titular de la cedula de identidad N° 13.048.738, quien estando presente acepto el cargo y presto el juramento de Ley a quien el Tribunal hace entrega de lo embargado, comprometiéndose a bloquear dicho monto embargado ejecutivamente y emitir cheque de gerencia por dicho monto a nombre del Tribunal comitente, remitiéndolo a la brevedad a dicho Juzgado. El Tribunal cumplida como fue la presente comision ordena remitir la misma al Tribunal comitente previo el registro de su salida en los libros respectivos y ordena el regreso a su sede siendo las dos de la tarde
(2: 00 PM). Es todo termino se leyó y conformes firman.
La Juez Provisorio
Abg. Maria Elena Uzcategui
Notificado y Depositario Judicial
Douglas Rosales
El Apoderado Actor.
Abg. Antonio Ortega
El Secretario Titular
Jesús Araujo Abreu




Comision N° 2093-006