REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALERA, URDANETA Y ESCUQUE

Valera 06 de junio de 20006

En horas de despacho del día de hoy seis (06) de junio de dos mil seis (2006) siendo las nueve (9:00) de la mañana día y hora fijados para cumplir con la Comisión emanada del Juzgado de los Municipios Valera, Motatan, San Rafael de Carvajal y Escuque de la circunscripción judicial del estado Trujillo, se trasladó y constituyo este Tribunal en el sitio indicado por la parte actora , ciudadano Miguel Ángel Hernández, titular de la cedula de identidad 9.319.549, asistido por la abogada Maria Araujo, titular de la cedula de identidad Nº 9.318.013 e inscrita en el IPSA bajo el Nº 39.028, en un inmueble consistente en un apartamento para habitación , signado con el Nº 01-02, del bloque 30, piso 1, Edificio 2, de la Urbanización la Beatriz parroquia la Beatriz, jurisdicción del municipio Valera del Estado Trujillo. Seguidamente El Tribunal procede a llamar a las puertas del inmueble, sin que persona alguna contestara al llamado del Tribunal. En este estado la parte actora, solicita el derecho de palabra y concedida que le fue expuso: “A los fines de proceder a la entrega del inmueble, pido se nombre concejero al ciudadano Jesús Darío Portillo, titular de la cedula de identidad Nº 3.212.671, para que abra las puertas del inmueble, es todo. “ El tribunal visto lo solicitado por la parte actora, acuerda conforme y nombra como concejero al ciudadano Jesús Darío Portillo, titular de la cedula de identidad Nº 3.312.671, quien estando presente acepto el cargo y presto el juramento de ley, quien de inmediato entro en ejercicio de sus funci9nes y precedió a abrirlas puertas del inmueble, permitiendo el acceso del Tribunal al mismo,. En este estado la parte actora, solicita el derecho de palabra y concedida que le fue expuso” Indico como inmueble a entregar en este acto el siguiente: Un apartamento para habitación familiar, signado con el Nº 01-02, del bloque 30, edificio 2, de la Urbanización la Beatriz de la parroquia la Beatriz del Municipio Valera del estado Trujillo. Inmueble descrito en el presente despacho y lugar donde se encuentra constituido este Tribunal pido se nombre Perito Evaluador y Depositario Judicial a los fines del resguardo de los bienes muebles en Deposito Necesario. Me reservo en forma expresa el derecho de embargar ejecutivamente bienes propiedad de la demandada en esta oportunidad, es todo.” Seguidamente este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Valera, Urdaneta,, Escuque, San Rafael de Carvajal y Motatan de la circunscripción Judicial del Estado Trujillo , en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad d la Ley, Hace entrega a la parte actora ciudadano Miguel Ángel Hernández, ya identificado, el inmueble por el indicado y cuyas características y ubicación constan en el presente despacho y se dan aquí por reproducidas.El Tribunal nombra como Perito Evaluador a la ciudadana Maria Gladis Ramírez, titular de la cedula de identidad Nº 5.349.172, y como Depositario Judicial al ciudadano Freddy Vásquez, titular de la cedula de identidad Nº 4.059.851, quienes estando presentes aceptaron el cargo y prestaron el juramento de Ley .En este estado el Perito Evaluador solicita el derecho de palabra y concedido que le fue expuso “Los bienes muebles son los siguientes :UNO: una cocina color blanco, sin marca ni serial risible, en regular estado; DOS: Una licuadora marca Osterizer color blanco ,Modelo 438,, con su baso plástico en regular estado, TRES: Una Cafetera color blanco Nº 5653 con su vaso de vidrio; CUATRO: Un Televisor marca Memorex, modelo MT1131, serial Nº 114032, en regular estado; CINCO: Una Cama en madera con colchón y dos mesas de noche, color caoba en regular estado; SEIS: Una Mesa para televisor , en madera color caoba y dos entrepaños; SIETE: Una cama individual de madera con colchón; OCHO: Una bolsa plástica con material de plomería; NUEVE: Una plancha Black and Decaer 300; DIEZ: Una caja de herramientas sellada con tirro ; ONCE: Una Cava azul y blanca Coleman pequeña; DOCE: Un juego de Cubiertos Carrusel incompleto; TRECE: Una mesa pequeña revestida en formica color beige; CATORCE : Una nevera color blanco Nº 51368 con su motor y protector de corriente, se desconoce el funcionamiento; QUINCE: Un juego se comedor compuesto de mesa, cuatro sillas y dos bancas pequeñas, todo en madera; DIECISEIS: Un juego de recibo en hierro y madera compuesto de un mueble de dos puertas, dos sillas individuales y una mesa de centro con asientos en tela estampada, en regular estado; DIECISIETE: Un multimueble en madera color caoba con dos entrepaños y tres gavetas ; DIECIOCHO: Un tostiarepa marca Oster usada, sin serial visible; DIECINUEVE: Una cantara en aluminio con tapa; VEINTE: Dos repisas en madera pequeñas; VEINTIUNO: Una estructura de hierro cuadrado 1x1 pulgadas; VEINTIDOS: Una cesta con ropa varia; VEINTITRES: Nueve (09) Bolsas negras con objetos varios cerradas con tirro; VEINTICUATRO: Una caja cerrada con tirro; VEINTICINCO: Un paquete de libros cubiertos y cerrado con tirro. Todo en regular estado, es todo.”Seguidamente el Tribunal hace entrega al Depositario Judicial de los bienes muebles e inventariados en Deposito Necesario, comprometiéndose a cuidarlos y conservarlos como un buen padre de familia en el local Nº 3 del Edificio Guaicaipuro, ubicado en la avenida México con calle la Paz , sector la Plata I de la ciudad de Valera del estado Trujillo. El Tribunal no teniendo mas nada que practicar ordena el regreso a su sede siendo las once (11) de la mañana. Es todo, termino se leyó y conformes firman.
La Juez Provisorio.
Abg. Maria Elena Uzcategui
La Parte Actora
Miguel Hernández
Abogado Asistente
Maria Araujo
El Cerrajero
El Perito Evaluador
Jesús Portillo
Maria Gladis Ramírez
Depositario Judicial

Freddy Vásquez
El Secretario Titular
Jesús Araujo Abreu.

Comisión Nº 2155-2006