REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución

Del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo

Trujillo 26 de julio de 2006

ASUNTO Nº TP11-L-2006-000007
PARTE ACTORA: LUÍS RAFAEL ARRIETA MARTÍNEZ, JUAN ALFARO, PEDRO MANUEL ARRIETA CADENA, MANUEL CABALLERO POLO, LUÍS ANTONIO CORDERO, JESÚS MARÍA GARCÍA HERNÁNDEZ, LUÍS ALBERTO HENAO CARDONA, ANDRÉS RAFAEL MÚJICA Y LUÍS ENRIQUE SOTO
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE ACTORA: HENRY JOSÉ BRICEÑO
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES AGROPECUARIA LA PERLA
REPRESENTANTE LEGAL DE LA PARTE DEMANDADA: PIERLUIGI GIURIOLO FRANZOLIN
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: MAYROBIS QUIJADA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, lunes veintiséis (26) de junio de Dos Mil Seis (2006), siendo las 2:30 p.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, en la causa contentiva de demanda interpuesta por los ciudadanos LUÍS RAFAEL ARRIETA MARTÍNEZ, JUAN ALFARO, PEDRO MANUEL ARRIETA CADENA, MANUEL CABALLERO POLO, LUÍS ANTONIO CORDERO, JESÚS MARÍA GARCÍA HERNÁNDEZ, LUÍS ALBERTO HENAO CARDONA, ANDRÉS RAFAEL MÚJICA Y LUÍS ENRIQUE SOTO contra la EMPRESA AGROPECUARIA LA PERLA, por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, las partes fueron llamadas a las puertas del Tribunal por intermedio del Alguacil. Seguidamente, la Jueza Primera de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Abogada ANA R. GUÉDEZ MONTILLA ordenó a la Secretaria Abogada EGLEIDA RUIZ, verificara la presencia de las partes encontrándose presente: La parte demandante ciudadano PEDRO MANUEL ARRIETA CADENA, sin asistencia de abogado, no estando presente el Apoderado Judicial de las partes demandantes Abogado HENRI BRICEÑO, inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nº 56.726, según poderes que corren insertos de los folios 286 al 318 de la presente causa, ni las partes demandantes ciudadanos LUÍS RAFAEL ARRIETA MARTÍNEZ, JUAN ALFARO, MANUEL CABALLERO POLO, LUÍS ANTONIO CORDERO, JESÚS MARÍA GARCÍA HERNÁNDEZ, LUÍS ALBERTO HENAO CARDONA, ANDRÉS RAFAEL MÚJICA Y LUÍS ENRIQUE SOTO; presente en este acto la apoderada judicial de la parte demandada EMPRESA AGROPECUARIA LA PERLA, representada legalmente por el ciudadano PIERLUIGI GIURIOLO FRANZOLIN, abogada MAYROBIS QUIJADA, inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nº 28.895, según poder que corre inserto al folios 330 al 331 de la presente causa. Acto seguido, vista la incomparecencia de las partes demandantes anteriormente identificadas la Jueza pasa a dictar sentencia de acuerdo a lo establecido en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y actuando EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, respecto a los siguientes demandantes LUÍS RAFAEL ARRIETA MARTÍNEZ, JUAN ALFARO, MANUEL CABALLERO POLO, LUÍS ANTONIO CORDERO, JESÚS MARÍA GARCÍA HERNÁNDEZ, LUÍS ALBERTO HENAO CARDONA, ANDRÉS RAFAEL MÚJICA Y LUÍS ENRIQUE SOTO, advirtiendo a las partes actoras que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Respecto al ciudadano PEDRO MANUEL ARRIETA CADENA, titular de la cédula de identidad 20.609.647 este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY difiere el acto de la prolongación de la audiencia preliminar como única oportunidad para el 12 de julio del 2.006 a las 2 de la tarde. Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, siendo las 3:15 p.m. A los 196 años de la Independencia y 147 años de la Federación. Regístrese y publíquese.
LA JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN


ABG. ANA R GUEDEZ MONTILLA

LA PARTE DEMANDANTE PRESENTE

LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA,
ABG. EGLEIDA RUIZ