REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo

Trujillo 27 de junio de 2006

ASUNTO Nº TP11-L-2006-0000286
PARTE ACTORA: JUAN HERNÁNDEZ
ABOGADA ASISTENTE: Procuradora de Trabajadores: ABG. YRANIA TERÄN
PARTE DEMANDADA: MAKROVAL C.A
REPRESENTANTE LEGAL: ALFONSO OLIVAR
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ALFREDO ELIGIO ARAUJO BRICEÑO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, martes veintisiete (27) de junio de Dos Mil Seis (2006), siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, en la causa contentiva de demanda interpuesta por el ciudadano JUAN HERNÁNDEZ Contra la empresa MAKROVAL C.A, representada por el ciudadano ALFONSO OLIVAR, las partes fueron llamadas a las puertas del Tribunal por intermedio del Alguacil. Seguidamente, la Jueza Primera de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Abogada ANA R. GUÉDEZ MONTILLA ordenó la Secretaria Abogada EGLEIDA RUIZ verificara la presencia de las partes encontrándose presente: La parte demandante ciudadano JUAN HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.721.804, asistido por la Procuradora de Trabajadores ABG. YRANIA TERÄN, inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nº 57.526 y la parte demandada empresa MAKROVAL C.A, representada legalmente por el ciudadano ALFONSO OLIVAR, mediante apoderado judicial Abogado, ALFREDO ELIGIO ARAUJO BRICEÑO inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nº 41.855 según poder que presenta en originales a efectu videndi y copias para ser certificadas y agregadas a la causa. El Tribunal de conformidad con el artículo 21 ordinal 3° de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara Con Lugar la certificación del instrumento poder y ordena al secretario efectúe la misma. Acto seguido, la Jueza, aperturó el acto, explicando a las partes sobre la importancia, trascendencia y significado del acto así como de los medios alternativos de solución de conflictos. Seguidamente, la Jueza le solicitó las pruebas a las partes, dejando constancia que la parte Demandada consigna escrito de pruebas en tres (03) folios útiles, y anexos en trece (13) folios útiles parte Demandante las presentó en escrito de pruebas en (1) folio útile y anexos en dos (02) folios útiles y tres carnets. Se le otorgó el derecho de palabra a la parte Demandante quien expuso: “Ratificó en cada uno de sus partes el contenido del libelo de la demanda, sin embargo estoy dispuesto a llegar a una conciliación”. Seguidamente se le otorgó el derecho de palabra a la parte demandada quien expuso: en nombre y representación de mi mandante y por instrucciones expresas estoy dispuesto a llegar a un acuerdo conciliatorio, una vez que sean verificados los montos y conceptos demandados en la presente causa y deducido los ya cancelados”. Analizados como fueron las situaciones de hecho y de derecho en la presente causa las partes de mutuo acuerdo solicitan el derecho de palabra al Tribunal y concedida como fue la parte demandante expone: “Ciudadana Jueza hemos realizado el análisis de cada una las situaciones de hecho y de derecho, conceptos y montos demandados en la presente causa y una vez verificado el monto total por conceptos de prestaciones sociales la cual es la cantidad de DOS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA BOLIVARES CON VEINTE CÉNTIMOS (Bs. 2.399.580,20 ), dicha cantidad la cancelará la parte demandada sobre las siguientes bases: PRIMERO: la cantidad de un millón ciento noventa nueve mil setecientos noventa bolivares con diez céntimos ( Bs. 1.199.7990,10 ) en fecha viernes 7 de julio de 2.006 por ante la procuraduría de trabajadores en la ciudad de Valera . La cantidad de un millón ciento noventa nueve mil setecientos noventa bolivares con diez céntimos ( Bs. 1.199.7990,10 ) en fecha lunes 7 de agosto de 2.006 por ante la procuraduría de trabajadores en la ciudad de Valera y una vez recibido el último pago, la parte demandante diligenciara solicitando al Tribunal se Ordene el Archivo definitivo de la Presente Causa, solicito se homologue el presente acuerdo conciliatorio y se le otorgue el carácter de cosa juzgada, e igualmente manifiesto que con lo aquí acordado la parte demandada nada queda ha deberme por concepto de Prestaciones Sociales por los servicios prestados en dicha empresa. SEGUNDO: Se le otorgo el derecho de palabra a la parte demandada quien expuso: “estoy de acuerdo con lo expuesto por la parte demandante por cuanto ese fue el acuerdo conciliatorio al que llegamos en la presente Audiencia Preliminar e igualmente solicito sea homologado por este Tribunal y se le otorgue el carácter de cosa juzgada,”. Visto lo solicitado por las partes, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO CONCILIATORIO Y LE OTORGA EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA. Se regresan las pruebas a cada una de las partes. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. Siendo las 11:30 a.m., terminó, se leyó, y las partes al pie de la presente acta en señal de conformidad firman, habiéndose cumplido con todas las formalidades de ley. A los 196 años de la Independencia y 147 años de la Federación.

ABG. ANA R GUEDEZ MONTILLA
LA JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN,


La parte demandante, Abogada asistente


Apoderado Judicial de la parte demandada

LA SECRETARIA,

ABG. EGLEIDA RUIZ