REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barquisimeto
Barquisimeto, 21 de Junio de 2006
Años: 196º y 147º

ASUNTO: KP01-P-2003-001724

Vista la solicitud presentada por el penado LUIS ENRIQUE TORREALBA BARRIOS, titular de la cédula de identidad nro. 13.035.972, actualmente destacamentario en el Centro de pernocta, y de su Defensa Abogada YELENA MARTINEZ, de fecha 12 de Junio de 2006, en la cual el penado solicita se le AUTORICE a los fines de cursar estudios de educación superior en el programa de formación de Sistemas e Informática en la Unidad Educativa Domingo Hurtado, ubicado en la carrera 16 con calles 8 y 9, Sector Los Luises de esta ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, cuyas clases son impartidas en un horario de 6:00 p.m. a 9:15 p.m.

Este Tribunal para decidir previamente observa:

En fecha 09 de junio de 2005, este Tribunal concede al penado la formula alternativa de cumplimiento de pena de Destacamento de Trabajo, de conformidad con el articulo 501 encabezamiento del Código Orgánico Procesal Penal.

En fecha 15-02-2006 este Tribunal procedió a actualizar cómputo de pena del penado de marras, el cual corre a los folios 242,243 y 244 de este asunto.-

En fecha 17 de junio de 2005, este Tribunal otorgó al penado PERMISO ESPECIAL para culminar estudios (5to año) en la Misión Ribas, (folio 197).


Ahora bien, tomando en consideración el sistema de progresividad al cual se encuentran sometidos los penados para que se hagan acreedores de formulas alternativas de cumplimiento de penas así como a beneficios, habida cuenta de que el penado tiene en su haber una buena conducta carcelaria la cual se desprende de los informes remitidos por el Delegado de Prueba y siendo que por otra parte, nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela garantiza un Sistema Penitenciario que asegure la reinserción, así como rehabilitación del penado a la sociedad civil y la comunidad que a fin de cuentas es quien lo recibirá, aunado al derecho constitucional a la educación establecido en nuestra carta magna que tiene el penado, así como en la Reforma de la Ley de Régimen Penitenciario, considera quien decide procedente la presente solicitud .-

DISPOSITIVA:


Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley AUTORIZA AL PENADO: LUIS ENRIQUE TORREALBA BARRIOS, titular de la cédula de identidad nro. 13.035.972, a los fines de que curse estudios de educación superior en el programa de formación de Sistemas e Informática en la Unidad Educativa Domingo Hurtado, ubicado en la carrera 16 con calles 8 y 9, Sector Los Luises de esta ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, cuyas clases son impartidas en un horario de 6:00 p.m. a 9:15 p.m, debiendo presentarse al Centro de Pernocta a las 9:45 p.m. los dias de clases, con la obligación de remitir a este Tribunal horario de clases expedido por la Unidad Educativa, así como también presentar periódicamente al Tribunal constancias de estudios y notas. - El incumplimiento de los términos de la autorización será considerada como causal para revocar el permiso otorgado, y así se decide. Ofíciese al Director del Centro de Pernocta.- Regístrese.- Cúmplase.

La Jueza de Ejecución N° 3


Abg. AMELIA I. JIMENEZ GARCIA.
El Secretario