REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 14 de Junio de 2006
Años 196º y 147º

N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2006-730

PARTE ACTORA: KEILA CAROLINA MENDOZA DE JIMENEZ titular de la Cédula de Identidad Nro..18.059.899..
ABOGADO ASISTENTES DE LA PARTE DEMANDANTE: HAYDI CARRASCO inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 90.180.
PARTE DEMANDADA:. NURATEX C.A
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA : ANTONIO MARCANO inscrito en el IPSA bajo el Nro. 28.386.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, Catorce (14) de Junio de 2006 siendo las nueve y treinta de la mañana (9:30 am.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar se hace el llamado correspondiente de las partes a las puertas de este Tribunal, encontrándose presente el abogado apoderado de la parte demandada ANTONIO MARCANO inscrito en el IPSA bajo el Nro. 28.386. En este estado, se deja constancia que se encuentra presente la abogada asistente HAYDI CARRASCO Procuradora Especial de Trabajadores, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 90.180. En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 196° y 147°. Es todo.
La Juez

Abg. Marbi Sulay Castro Cuello
La Secretaria,

Las partes comparecientes Abg. Andreína Velásquez Santamaría.-


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