REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 20 de Marzo de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2006-002528
Vista la solicitud recibida en esta misma fecha, formulada por la Abog. Jorge Eliécer Rondón, actuando en su condición de Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, según la cual solicita medidas de protección necesarias para la ciudadano José Vicente Rios Zraiby, y su familia, de conformidad con lo establecido en los Artículos 81, 82, 83, 84 y 85 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, en atención a lo expuesto en fecha 20 de Marzo de 2006, por el referido ciudadano, por ante esa Fiscalía manifestando que:
“Resulta que la Fiscalía Tercera adelanta una investigación relacionada con una extorsión en mi contra y he recibido amenazas a través de llamadas telefónicas donde claramente se me indico que abandonara el caso que adelanto, por ante procompetencia en contra del Representante de la Marca de automóviles FIAT en Venezuela Comercializadora TODESCHINI, C.A, en caso contrario la persona que se identificó como el señor VITO, se encargaría de que mi persona o mi familia se arrepintieran de esto, ya que ellos cuentan con los medios, tengo motivos fundados para solicitar la debida custodia en primer lugar para mi familia y en segundo lugar para mi persona. Es todo”
Este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: ACUERDA MEDIDAS DE PROTECCIÓN POLICIAL, por el lapso de tres (03) meses contados a partir de la presente fecha consistente en la vigilancia policial periodica, a los fines de salvaguardar la integridad física de la víctima ciudadano JOSE VICENTE RIOS ZRAIBY, cédula de identidad N° V.- 7.399.669 residenciado en la Avenida La Francia residencias Tiuna Park, Torre A, piso 07, N° 07-01, Barquisimeto, Estado Lara., así como también para su familia, de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo 23 del Código Orgánico Procesal Penal y 83 de la Ley Orgánica del Ministerio Público.
En consecuencia se ACUERDA Oficiar a la Fiscalía Superior del Ministerio Público participando la Medida de Protección acordada y al Comandante de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara, a los fines de que se sirva impartir las instrucciones necesarias para la protección de la víctima y sus familiares. Líbrense los respectivos Oficios. Notifíquese al solicitante.
LA JUEZ DE CONTROL N°. 03
El Secretario
Abg. Abog. Leila-Ly De Jesús Ziccarelli De Figarelli
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 20 de Marzo de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2006-002528
Oficio N° ________
Ciudadano:
Comandante General de las Fuerzas Armadas Policiales
Del Estado Lara.
Su Despacho.-
Cumplo con dirigirme a usted, a objeto de participarle que este Tribunal de Control por auto de esta misma fecha, acordó MEDIDA DE PROTECCION POLICIAL consistente en la vigilancia policial periodica necesaria para el ciudadano JOSE VICENTE RIOS ZRAIBY, cédula de identidad N° V.- 7.399.669 residenciado en la Avenida La Francia residencias Tiuna Park, Torre A, piso 07, N° 07-01, Barquisimeto, Estado Lara., así como también para su familia, , por el lapso de tres (03) meses contados a partir de la presente fecha, de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Artículo 23 del Código Orgánico Procesal Penal y 83 de la Ley Orgánica del Ministerio Público.
Participación que se le hace a los fines de que se sirva impartir las instrucciones necesarias para la protección de la víctima y sus familiares.
LA JUEZ DE CONTROL N° 03
Abog. Leila-Ly De Jesús Ziccarelli De Figarelli
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 20 de Marzo de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2006-002528
Oficio (________________)
Ciudadano:
Fiscal Superior del Ministerio Público
Circunscripción Judicial Penal del Estado Lara.
Su Despacho.-
Cumplo con dirigirme a usted, a objeto de participarle que este Tribunal de Control por auto de esta misma fecha, acordó MEDIDA DE PROTECCION POLICIAL consistente en la vigilancia policial periodica necesaria para el ciudadano JOSE VICENTE RIOS ZRAIBY, cédula de identidad N° V.- 7.399.669 residenciado en la Avenida La Francia residencias Tiuna Park, Torre A, piso 07, N° 07-01, Barquisimeto, Estado Lara., así como también para su familia, por el lapso de tres (03) meses contados a partir de la presente fecha, de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Artículo 23 del Código Orgánico Procesal Penal y 83 de la Ley Orgánica del Ministerio Público. La cual será practicada por funcionario adscritos a la Comandancia General de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara.
Participación que se le hace a los fines legales consiguientes.
LA JUEZ DE CONTROL N° 03
Abog. Leila-Ly De Jesús Ziccarelli De Figarelli
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 20 de Marzo de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2006-002528
BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER
A la ciudadana: JOSE VICENTE RIOS ZRAIBY, cédula de identidad N° V.- 7.399.669, así como también para su familia, que este Tribunal de Control de Barquisimeto, el día de hoy Acordó Medida de Protección Policial, por el lapso de tres (03) meses contados a partir de la presente fecha consistente en la vigilancia policial periodica, a los fines de salvaguarda la integridad física de su persona, así como también para su familia.
DIRECCIÓN : Avenida La Francia residencias Tiuna Park, Torre A, piso 07, N° 07-01, Barquisimeto, Estado Lara.-
LA JUEZ DE CONTROL N° 03
Abog. Leila-Ly De Jesús Ziccarelli De Figarelli
Firmará la presente en señal de haber sido notificado.
FIRMA: FECHA: HORA:___________
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