REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE CONTROL DE BARQUISIMETO
Barquisimeto 20 de Marzo del 2006
Años: 195º y 147º
ASUNTO: KPO1-P-2005-013862
Vista la solicitud de entrega de vehículo que cursa en el presente asunto, así como los escritos presentados por el solicitante en fecha 07 de Febrero de 2006, solicitando un Vehículo este Tribunal de Control No.5 pasa a decidir en los siguientes términos:
La presente averiguación se inicia en fecha 25 de Noviembre del 2005, por parte de funcionarios adscritos al destacamento 47 del Comando Regional Nro 4, de la Guardia Nacional de Venezuela, quienes dejaron constancia de la siguiente actuación policial: “ aproximadamente a las 22:35 horas de la noche, salimos de comisión con la finalidad de efectuar patrullaje dando cumplimiento al plan operativo de seguridad ciudadana, por lo que instalamos el punto de control móvil en la estación de servicio Texaco ubicado en la carretera sentido Lara-Zulia, se observo un vehículo, MARCA FORD, MODELO F-750, AÑO 1979, COLOR AZUL y DORADO, TIPO ESTACA, CLASE CAMION, PLACA 971-KAE, se indico al conductor se estacionara y se solicito al mismo la documentación de identidad, quien dijo ser y llamarse JOVITO ANTONIO GARCIA COLMENARES, C.I 7.374.574, de 43 años de edad, casado, de oficio chofer, natural de Barquisimeto y residenciado en el Barrio los Ruices carrera 11 entre 12 y 13, casa Nro 11-21 Barquisimeto, estado Lara, seguidamente al solicitar la documentación del vehículo, este manifestó ser el propietario y presento un documento original (carnet de circulación) que describía las características pertenecientes al mencionado vehículo, y al efectuarle una revisión minuciosa de los seriales de la carrocería y del chasis, se pudo observar que la placa identificadora de la carrocería presenta características falsas, ya que el troquel no es utilizado por la planta ensambladora, por lo que se traslado al vehículo y al ciudadano de la sede de la Segunda Compañía, acto seguido solicite información al sistema COSYDELA, el cual informo que el vehículo no presenta ninguna solicitud, finalmente se participó vía telefónica a la Fiscal Noveno del Ministerio Publico, quien ordenó que el ciudadano quedara bajo situación de citado, que el vehículo fuera remitido al CICPC para que realicen la experticia y posteriormente se envíe el vehículo al estacionamiento judicial “EL COUNTRY” del estado Lara.
Cursa folio 33 Experticia de Reconocimiento Legal y Avaluó Real practicada por los expertos GERONIMO MEDINA Y REYNALDO TAMAYO de un vehículo CLASE CAMION, MARCA FORD, MODELO F-750, TIPO PLATAFORMA, USO CARGA, COLOR AZUL Y DORADO, PLACAS 971-KAE, donde dejaron constancia de siguientes conclusiones:
1.- Chapa identificadora del serial de carrocería FALSA.
2.- Chapa denominada Body FALSA.
3.- Serial de chasis ORIGINAL.
4.- Porta un motor de ocho cilindros.
5.- Tiene un valor de 25.000.000,00 Bs.
Cursa al folio 38 Experticia de Autenticidad y Falsedad de un Certificado de Registro de Vehículo, signado con el Nro. 0181596 (AJF75V67810-1-1), a nombre de GARCIA COLMENARES JOVITO ANTONIO, C.I 7.374.574, realizado por el experto Lic. PEDRO JOSE REYES el cual arrojó como resultado; que el material dubitado descrito es AUTENTICO.
Cursa en folio 50 de fecha 20 de Diciembre de 2005, escrito de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, en el cual emite el siguiente pronunciamiento: “…dada las experticias realizadas al vehículo en cuestión presenta chapa identificadora de serial de carrocería es falsa, de igual manera la chapa Body es falsa, es por ello que NIEGO la entrega de dicho vehículo al que hizo referencia…)”.
Ahora bien, de la revisión de las presentes actuaciones se observa que solo existe un solicitante que es el ciudadano JOVITO ANTONIO GARCIA COLMENAREZ, cedula de identidad N° 7.374.574, por cuanto como tal lo acredita el documento TITULO DE PROPIEDAD DE VEHICULOS AUTOMOTORES, signado con el numero 0181596 (AJF75V67810-1-1), aunado a que de las resultas de las experticias realizadas al mencionado vehículo las mismas nos indican que estamos en presencia de un Vehículo con documentación autentica, encontrándose el problema en los seriales de Carrocería y Chapa Body que luego de efectuarse la experticia resultaron falsos, pero al revisar el serial ubicado en chasis resulto ser original y coincide con la misma numeración que posteriormente resultara ser falsa, aunado a que el vehículo según versión del solicitante, tuvo un accidente tipo volcamiento y fue reparado por su anterior dueño JOSE RAMON YUZTIZ, hoy occiso. Igualmente se observa que el solicitante posee titulo de propiedad de vehículo de fecha 13 de Marzo de 1990, es decir que tiene más de 10 años en posesión del bien mueble, tal situación hace procedente con fundamento a las consideraciones anteriormente expuestas, así como el criterio sostenido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia la cual estableció “ a quienes habiendo acudido al Juez de Control a solicitar su devolución, demuestren en prima facie ser propietario o poseedores legítimos y mas adelante continua la sentencia … en los casos de los vehículos automotores, resulta obligatoria su devolución a quienes exhiban la documentación expedidas por las autoridades administrativas de transito..” , por lo que debe hacerse la entrega del vehículo, instando al propietario a cumplir con lo establecido en el artículo 34 del Decreto con Fuerza de Ley de Transito Terrestre, en cuanto a las modificaciones que afecten las características originales del vehículo, deberán ser notificadas al Registro Nacional de Vehículos y Conductores, a fin de que emita la constancia correspondiente.
DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No. 5 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, acuerda: Primero: Hacer la Entrega Plena del vehículo antes identificado de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano JOVITO ANTONIO GARCIA COLMENAREZ, C.I 7.374.574, venezolano, soltero, residenciado en el Barrio Los Luises, Calle 11 esquina carrera 13, casa S/N, Municipio Unión, Barquisimeto, Estado Lara, Segundo: Oficiar al Estacionamiento “EL COUNTRY” de esta ciudad que por decisión de esta misma fecha se acordó la Entrega Plena del vehículo CLASE CAMION, MARCA FORD, MODELO F-750, TIPO PLATAFORMA, USO CARGA, COLOR AZUL y DORADO, PLACAS 971-KAE, SERIAL DE CARROCERIA AJF75V67810 (FALSO), SERIAL DE CHASIS AJF75V67810 (ORIGINAL) al mencionado ciudadano JOVITO ANTONIO GARCIA COLMENAREZ. Notifíquese a las Partes. Regístrese. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL N° 5
ABG. YANINA KARABIN MARIN
LA SECRETARIA
|