REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de marzo de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO : KP02-S-2006-003927

Vista la solicitud presentada por la ciudadano PAUSIDES ANTONIO QUERALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.918.192, de este domicilio, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que adquirió a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicada en el parcelamiento El Cují, sector Andrés Bello, Parroquia El Cují del Estado Lara, sobre un lote de terreno Ejido, con una extensión de 540,60 Mts.2 alinderadas de la siguiente manera: NORTE: Terrenos ocupados por Lorenzo Camacaro; SUR: terrenos ocupados por Nury Suárez y calle interna que es su frente; ESTE: con terrenos ocupados Pavel Navas, en línea de 18 Mts.; y OESTE: con la calle 9, en línes de 18 Mts.. Dichas bienhechurías consisten en un tanque de agua de 14.000 Lts. Una pieza de 3x3 Mts. de paredes de madera, piso de cemento, techo de zinc, cercada con paredes de bloques. El valor invertido es la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 5.000.000,00) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos: JUAN DE DIOS SANTANA Y WIL FRAN TRIANA este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor de la ciudadano PAUSIDES ANTONIO QUERALES ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la debida autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-



La Juez Suplente,

Mariluz Josefina Pérez
La Secretaria


María Fernanda Alviárez



/g.p.