REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Seis de marzo de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO : KP02-S-2006-001372

Vista la solicitud presentada por el ciudadano ANDRES HERNAN MORENO ZAMBRANO, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.755.212, de este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la carrera 4 entre calle 4 Barrio San Jacinto, Parroquia Unión, Municipio Iribarren, Estado Lara, sobre un lote de terreno Ejido, que tiene una superficie de TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (339 mts2); alinderadas de la siguiente manera NORTE: Terreno ocupado por Familia Linarez; SUR: Terreno ocupado por Eduardo Suarez, ESTE: Terreno ocupado por Familia Colmenares y OESTE: Con la carrera 4. Dichas bienhechurías esta construida con paredes de bloques, techo de zinc, piso de cemento, tres habitaciones, una sala, una cocina-comedor, un baño, instalaciones electricas, aguas blancas y cerca de de bloque. El valor invertido es la cantidad de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES (10.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos MIRIAN MARTINEZ Y EDUVIMAR MENDOZA, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor del ciudadano ANDRES HERNAN MORENO ZAMBRANO ya identificado en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL



MARILUZ JOSEFINA PEREZ



LA SECRETARIA


MARIA FERNANDA ALVIAREZ


/Milagro