REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de marzo de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO: KP02-V-2005-002921
Vista la anterior transacción celebrada en el presente juicio de DESOCUPACION DE INMUEBLE, intentado por el ciudadano ANTONIO JOSE BUJANA MALUFF, quien es venezolano, de mayor edad, titular de la cédula de identidad N° 420.720 y de este domicilio, actuando en su carácter de Presidente de la empresa INVERSIONES GLADYAN, S.R.L., inscrita en el Registro Mercantil del Estado Lara, en fecha 26-12-1983, bajo el N° 18, Tomo 3-H, representada en dicho acto por su Apoderada Judicial, abogada SOUAD ROSA SAKR SAER, inscrita en el IPSA bajo el N° 35.137, quien tiene facultad para transigir, tal como se desprende de poder cursante a los autos, contra el ciudadano JULIAN ORESTES HERNANDEZ, venezolano, de mayor edad, titular de la cédula de identidad N° 15.367.803 y de este domicilio, asistido por el abogado en ejercicio ROMAN CARIÑO, inscrito en el IPSA bajo el N° 108.924, éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION en los términos expuestos. Téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
La Juez,

Dra. LIBIA LA ROSA DE ROMERO
La Secretaria,

AUDREY LORENA PINTO