REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barquisimeto
Barquisimeto, 3 de Mayo de 2006
195º y 147º
ASUNTO: KP01-P-2003-000447
Por cuanto se evidencia en autos que el penado: LEONARDO D AVINCHE ROBIES SUAREZ, titular de la cedula de identidad N° 11.798.340, fue condenado a cumplir la pena de UN AÑO Y SEIS MESES DE PRISION; y visto el computo realizado en fecha 21 de Agosto de 2003 (folio 57), por lo que se desprende que para la presente fecha cumplió totalmente la pena impuesta. En virtud de lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la Extinción de la Responsabilidad Criminal por el cumplimiento de la condena impuesta al penado LEONARDO D AVINCHE ROBIES SUAREZ, titular de la cedula de identidad N° 11.798.340 Remítase en su oportunidad legal las actuaciones al Archivo Judicial Penal del Estado Lara. Publíquese. Regístrese. Notifíquese a las partes. cúmplase.-
La Jueza de Ejecución N° 1
Abg. Moralba del Valle Herrera
El Secretario