Visto el DESISTIMIENTO, suscrito por los abogados ADIBY ABDEL Y ALEANDER RODRIGUEZ, parte actora en el presente Juicio, según Poder Especial inserto al folio 5, en consecuencia; este Juzgado del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte LA HOMOLOGACION al Desistimiento de la presente acción y procedimiento, de conformidad con la norma contenida en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Archívese el Expediente respectivo.-
El Juez Temporal,

Dr. Ramón Alvarez Suárez.


La Secretaria,

Abg. Yosglide Duin León.-




En la misma fecha se cumplió lo acordado y se ARCHIVO el expediente.-

La Sec.


EXPEDIENTE N° 561-06 CIVIL.
DEMANDADO: NUMA JOSE BRACAMONTE
DEMANDANTES: ADIBY ABEL Y ALEANDER RODRIGUEZ.
MOTIVO: INTERDICTO PROHIBITIVO DE OBRA NUEVA.
Magalis V.-