JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DE TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. Trujillo, veintitrés (23) de Noviembre de dos mil seis (2006). 196° y 147°.-


Vista la diligencia estampada por el abogado JOSÉ LUIS PIMENTEL, apoderado de la demandada, en la fecha de hoy, 23 de Noviembre de 2006, solicitando se aclare la sentencia definitiva dictada y publicada el 21 de los corrientes mes y año, este Tribunal niega tal pedimento dada su evidente intempestividad, toda vez que el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, permite solicitar la aclaración o la ampliación del fallo en el mismo día en que es publicado o en día siguiente, vale decir, en el caso de autos, el 21 ó el 22 de Noviembre de 2006.


EL JUEZ SUPERIOR,


Abog. RAFAEL AGUILAR HERNÁNDEZ



LA SECRETARIA,


Abog. RIMY RODRÍGUEZ A.