REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 11 de Noviembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2006-000005
ASUNTO : TP01-P-2006-000005

Por recibida solicitud de la Fiscalía Superior del Ministerio Público, donde pide, se ordene el cese de la medida de protección decretada a favor de MARIA MERCEDES ESCALANTE, CAUSA TP01.P.2006.5, por cuanto la misma se mudó, desconociéndose su nueva dirección, y habiendo fallecido el imputado de la causa que originó la protección, por haber cesado las amenazas en su contra, el Tribunal Observa.


Motivación para decidir.

El Tribunal en fecha 18.01.2006, decretó medida de protección en los siguientes términos:

“.Con base en los razonamientos explanados, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, por autoridad de ley, de conformidad con lo establecido en articulo 282 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 23, 108 numeral 14°, 118, 120 numeral 3°, artículos 26, 51, y 55 Constitucionales, en armonía con los artículos 43, 46, 87 y 102 Constitucionales, acuerda protección para la seguridad de la integridad física, psíquica y moral de la ciudadana ESCALANTE GOMEZ MARIA MERCEDEZ, a cuyo efecto se acuerda solicitar la colaboración del comandante de la Policía del Estado Trujillo, para que gire instrucciones, en el sentido de ordenar las rondas policiales por el establecimiento mercantil señalado y para que haga comparecer por ante este Tribunal al ciudadano MARCOS TULIO TORRES .”

Por cuanto la medida de Protección esta ligada al derecho Fundamental del Estado Venezolano de brindar la protección que sus ciudadanos requieran, para el libre desenvolvimiento de su personalidad, siendo que, la misma solicitante, Fiscalía Superior, pide el cese de la misma, por haber perdido vigencia la necesidad de mantenimiento de la misma, este Tribunal, así lo acuerda, y en consecuencia ordena oficiar a la Comandancia General de Policía del Estado Trujillo, a fin de que haga cesar las Rondas Policiales como medida de Protección a favor de la ciudadana ESCALANTE GOMEZ MARIA MERCEDEZ, y así se decide.

DECISION

Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA EL CESE de la Medida de Protección a favor de la ciudadana ESCALANTE GOMEZ MARIA MERCEDEZ , no consta cedula de identidad, consistentes en rondas policiales por consistente en rondas policiales por su residencia .
Líbrese Boleta de Notificación a la victima. Ofíciese a la Comandancia General de Policía. Regístrese. Remítanse las presentes actuaciones inmediatamente a la Fiscalía Superior del Ministerio Público para ser agregadas a la causa principal remitida.. Cúmplase.

La Jueza Titular

El Secretario

Abg. Nathalia Cruz Cañizales

Carlos Noda



En fecha_________se cumplió.

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2006-000005
ASUNTO : TP01-P-2006-000005