REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución N° 3
TRUJILLO, 8 de Noviembre de 2006

196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2004-010677
ASUNTO : TP01-S-2004-010677

Por cuanto ante la Secretaría de este Tribunal de Ejecución se recibió y se dio entrada a la presente causa, se procede a la ejecución de la Sentencia Condenatoria, impuesta al penado GABRIEL ANTONIO BUSTOS PAREDES, titular de la Cédula de Identidad N° 9.172.640, quien fue condenado en fecha 16-10-2006, a cumplir la pena corporal de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN y las accesorias legales correspondientes, contenidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 Segundo Aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Sociedad; en consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, ACUERDA EJECUTAR la referida sentencia en aplicación del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, sin embargo, como quiera que la pena impuesta permite el otorgamiento de una de las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena, como lo es la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, y el penado se encuentra en Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, se ACUERDA fijar audiencia, a fin de ser impuesto de los requisitos para la procedencia del beneficio indicado, así mismo se acuerda solicitar antecedentes penales e informe técnico, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Trujillo. Notifíquese a las partes de la presente decisión.

La Juez de Ejecución N° 3

FANNY TERÁN MÁRQUEZ
El Secretario

YENDER MATOS