…gado de los Municipios Carache, Candelaria y José Felipe Márquez Cañizalez de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.-Carache, tres (03) de Noviembre de dos mil seis.-
196° y 147°
Por recibidas actuaciones emanadas del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Carache Estado Trujillo constante de trece (13) folios útiles, désele entrada, anótese, numérese y fórmese expediente. Por cuánto se observa que los ciudadanos JOSE LEONIDAS NAVARRO y OLGA DEL CARMEN GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. 9.324.355 y 6.891.766, respectivamente, residenciado el primero en el Sector Palo Negro de la población de Carache Estado Trujillo y la segunda en el Sector El Calvario, Parroquia Cuicas del Municipio Carache Estado Trujillo, de mutuo y amistoso acuerdo convinieron en fijar la Obligación Alimentaria mensual para sus hijas MARIA JOSE, MARIA CAROLINA y MARIA ELENA NAVARRO GONZALEZ comprometiéndose el ciudadano JOSE LEONIDAS NAVARRO ante el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Carache Estado Trujillo, a depositar la cantidad de Doscientos Mil Bolívares (Bs. 200.000,oo) mensuales, así como los gastos relacionados con medicina, ropa, zapatos, útiles escolares. Este Tribunal determina que los términos del convenimiento no son contrarios a los intereses del niño, en consecuencia y de conformidad con el artículo 375 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el articulo 8 ejusdem, le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN al convenimiento señalado y se acuerda proceder como en sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Ofíciese al ciudadano Fiscal Octavo del Ministerio Público del Estado Trujillo informándole de la apertura de este procedimiento.-
La Juez Provisoria,
Abg. Adriana Saavedra C.
La Secretaria,
Abg. Zulay Vergel Cañizalez.
En la misma fecha se formó expediente, quedando anotado bajo el N° 314-2.006 del libro respectivo, se acordó dejar copia certificada en el archivo de este Tribunal.
La Secretaria,
Abg. Zulay Vergel Cañizalez.
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