REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELIAS
…GADO DE LOS MUNICIPIOS BOCONO Y JUAN VICENTE CAMPO ELIAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.- BOCONO, VEINTIDOS (22) DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.-
196° Y 147°
EXPEDIENTE N°. 1.853-2006.
EN EL PRESENTE CASO EL TRIBUNAL: OBSERVA
Que el obligado alimentario, ciudadano: ALEXIS RAMON TORRES PERDOMO, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante informal, titular de la cédula de identidad N° V-10.262.963, domiciliado en el Barrio Supertamarindo, frente a la Pasarela, casa s/nº, Biscucuy Estado Portuguesa, en fecha dieciséis (16) de noviembre del dos mil seis, ofreció la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs.120.000,00) MENSUALES, así como también el 50% en vestuario, calzado, uniformes, útiles escolares, medicina cuando lo amerite, los cuales fueron aceptados por la madre actora en esta misma fecha ciudadana: DORIS MARIA BASTIDAS HIDALGO, venezolana, mayor de edad, soltera, estudiante, titular de la cédula de identidad N° V-12.720.772, domiciliada en la calle Bolívar casa Nº 9-7, Parroquia el Carmen Municipio Boconó Estado Trujillo, hechos configurativos del CONVENIMIENTO, a que se contrae en articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño (a) y del Adolescente, porque la primera prioridad a los fines del establecimiento de este beneficio le otorga a los padres debiendo el Tribunal simple y llanamente, que HOMOLOGARLO, porque se considera ese acuerdo acorde al interés superior de las niñas: DORELIS ANDREINA y NORELYS ALEXANDRA TORRES BASTIDAS, (beneficiarias) en tanto que lógicamente esos beneficios se usará en la satisfacción parcial de las necesidades de las menores.-.
Por las razones expuestas, artículos citados 4 y 8 de esa Ley, se acuerda: Establecer en CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs.120.000,00) MENSUALES, así como también el 50% en vestuario, calzado, uniformes, útiles escolares, medicina cuando lo amerite, como OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA, a favor de las niñas DORELIS ANDREINA y NORELYS ALEXANDRA TORRES BASTIDAS, cuyo número le será informado una vez aperturada la cuenta, y consignará las respectivas planillas de depósitos bancarios ante este Tribunal a fin de ser agregados a sus autos.-
Dada, Sellada, Firmada y Refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en Boconó, a los veintidós (22) días del mes de noviembre del año dos mil seis.- Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-
La Juez Temporal,
Abg. Soraya Soler Cuevas
La Secretaria,
Yonely Fernández Mejía