REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALERA, URDANETA Y ESCUQUE








En horas de despacho del día de hoy veintidós de Noviembre de Dos Mil Seis (2006) Siendo las doce y treinta 12:30 minutos de la tarde , día y hora fijados para cumplir con s presente comision ,emanada del Juzgado Primero de los Municipios Valera , Escuque, san Rafael de Carvajal y Motatan de la circunscripción Judicial del Estado Trujillo; se trasladó y constituyo este , en el sitio indicado por las parte actora , representada en este acto por la abogada CLAUDIA MOSQUERA , titular de la adula de identidad N° 14.719.213 e inscrita en el IPSA bajo el N° 112.602 , constituido por un apartamento para habitación familiar, , signado con el N° 1A piso 1 , del edificio las Trinitarias I ubicado en el sector los manguitos , las Acacias jurisdicción del Municipio Valera del Estado Trujillo..Seguidamente el Tribunal notifica de su misión al ciudadano HECTOOR ALFONSO ZAMBRANO BASTIDAS, venezolano mayor de edad , titular de la cedula de identidad N° 16. 883.524, quien manifestó ser hijo de la demandada MARLY BASTIDAS Y PERMITIO EL ACCESO DEL Tribunal al inmueble .El Tribunal nombra como Perito avaluador a la ciudadana MARIA GLADIS RAMIREZ, titular de la cedula de identidad N° 5. 349. 172. y como Depositario Judicial al ciudadano Freddy Vásquez titular de la cedula de identidad N° 4.059.851, quienes estando presentes aceptaron el cargo y prestaron el juramento de Ley . En este estado la parte actora solicito el derecho de palabra y concedido que le fue expuso “ Indico a embargar preventivamente en este acto los bienes muebles siguientes ; UNO: Un recibo en madera labrada con dos puertas en madera en la parte superior y en la parte inferior , puertas de madera y vidrio con dos entrepaños ; DOS: Un juego de recibo compuesto de un sofá de dos puestos y dos poltronas en madera con una mesa rectangular en madera ; TRES: Un mueble en madera con cuatro gavetas y dos puertas; CUATRO: Un juego de comedor compuesto de una superficie en vidrio, con seis sillas en madera y asientos en semicuero color ocre ; CINCO: Una consola en madera tipo mueble , con tres gavetas y un espejo dos cuadros al óleo Grandes, con su cañuela con matices varios; SIETE: Una computadora compuesta de un monitor marca LG, Serial N° 301DIB1292, UN TECLADO Marca SONIC N° 016050152276, UN Mouse marca Rabtec N° CCC14002966, Un CFU Marka Athlon sin serial visible , tres cornetas marca Maxel , dos pequeñas y una mediana N° 222 01657892 ; OCHO:: Un fax marca Panasonic, modelo KX-FHD333, SERIAL N° 5ECWA091014; NUEVE: Un Televisor marca Samsung, con el control Serial N° 30AT400628; DIEZ : Una mesa en color madera , color caoba de dos entrepaños ; ONCE : Un decodificador marca Cientific Atlanta , N° H-T591DRRH229D29F, CON CONTROL con espejo con siete Gavetas ; DOCE . Una peinadora de madera con espejo con siete Gavetas TRECE: Una mesa para la computadora revestida en formica color beige con tres entrepaños ; CATORCE: Un televisor marca Samsung con control , serial N° 3CCR902241; QUINCE: Un multimueble de dos cuerpos en madera con dos entrepaños; DIECISEIS: Un escaparate en madera color caoba con cuatro gavetas y espejos; DIECISIETE:: Un televisor marca Panasony con control, serial N°NC31160073; DIECIOCHO: Un mueble en madera de dos puestos y un entrepaño ; DIECINUEVE: Un mueble en madera de dos puertas y un entrepaño tipo Biblioteca ; VEINTE: Un mueble de m,adera color caoba de dos entrepaños; VEITIUNO: Una licuadora marca Samsung, Serial N° 51CT30000A; VEINTIDOS: Una secadora marca Siera, N° C7352; VEINTITRES : Dos sillas tipo bar en madera y cocines en tela color verde ; VEINTICUATRO: Un paraban en madera labrada es todo” E n este estado lña Perito Avaluador solicito el derecho de palabra y concedido que le fue expuso “ Los bienes embargados se encuentran en regular estado…….. todo con un valor general de TRES MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL ( 3,750.000) bolívares” Seguidamente este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Valera, Escuque , Urdaneta, San Rafael de Carvajal Y Motatan de la Circunscripción Judicial del Municipio Valera del Estado Trujillo ; en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara embargados preventivamente los bienes muebles indicados por la parte actora , se declara la desposesion Jurídica de lo embargado. En este estado se hizo presente la demandada MARLY JOSEFINA BASTIDAS titular de la cedula de identidad N° 9.005102, asistida por la abogada de su confianza ANGELES LUCENA GALAVIC, titular d la cedula de identidad N° 10.915.982 e inscrita en el IPSA bajo el N° 64,286. Solicito el derecho de palabra y concedido que le fue expuso “ me doy por intimada en la demanda en la cual emana el presente despacho de embargo preventivo y en este mismo acto convengo en todas y cada una de sus términos en el hecho y en el derecho alegados por ser ciertos y ofrezco a la parte actora pagar la cantidad des Seis Millones Doscientos Cincuenta Mil bolívares ( 6.250,000) en La forma siguiente, la cantidad de Un Millón Cuatrocientos Diecisiete (1.417.000) bolívares en este acto y la diferencia que es la cantidad de Cuatro Millones Ochocientos Treinta y Tres Mil ( 4.833.000) la pagare en dos cuotas ,conforme a las fechas para pagar las cuotas indicadas ,pido al Tribunal deje lo embargado en guarda y Custodia de la demandada .Ambas partes solicitan el derecho de palabra y concedido que les fue expusieron “ Solicitamos al Tribunal de la causa Homologue el presente acuerdo, y se tenga al mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada y no se ordene el archivo del expediente hasta tanto conste el cumplimiento de lo convenido, con el entendido que el incumplimiento de una de las cuotas, dará derecho a ejecutar la obligación , pedimos se remita la presente comisión al tribunal de la causa es todo” El Tribunal deja los bienes en guarda y custodia de la demandada, ciudadana MARLY BASTIDAS , YA IDENTIFICADA, QUIUEN SE COMPROMETE A CUYIDARLOS Y CONSERVARLOS COMO UN BUEN PADRE DE Familial se ordena remitir la presente comisión al Tribunal Comitente, previo registro de su salida en los libros respectivos .El Tribunal no teniendo nada masa que practicar ordena el regreso a su sede siendo las tres y cuarenta minutos (3:40) de la tarde. Es todo termino se leyó y conformes firman.
La Juez Provisorio
Abg.- Maria Elena Uzcategui
El notificado
Héctor Zambrano
La demandada guarda y custodia
Marly Bastidas
La abogada asistente
Ángeles Lucena
La abogada actora
Claudia Mosquera
Las Perito Avaluador
Maria Ramírez

El Secretario titular
Abg. Jesús Araujo A.


CMSION Nº 2240-2006