REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
ASUNTO Nº TP11-S-2006-00048
PARTE ACTORA: ALEX VLAKDEMIR REATEGUI
Parte Demandada: COCA COLA, FEMSA representada legalmente por el ciudadano: JOSÉ ÁVILA BOSCAN.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: CARMELITA BASTIDAS
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, martes (21) de noviembre de Dos Mil seis (2006), siendo las 9:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, en la causa contentiva de demanda interpuesta por el ciudadano: ALEX VLAKDEMIR REATEGUI Contra: COCA COLA, FEMSA representada legalmente por el ciudadano: JOSÉ ÁVILA BOSCAN, las partes fueron llamadas a las puertas del Tribunal por intermedio del Alguacil. Seguidamente, la Jueza Primera de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Abogada ANA R. GUÉDEZ MONTILLA verificó la presencia de las partes encontrándose presente: La parte demandada, COCA COLA, FEMSA representada legalmente por el ciudadano: JOSÉ ÁVILA BOSCAN, por medio de su apoderada judicial abogada, CARMELITA BASTIDAS inscrita en I.P.S.A bajo el N° 60.121,según poder que corre inserto al folio 15 y siguientes de la presente causa, NO ENCONTRÁNDOSE PRESENTE la parte demandante ni por si, ni por medio de apoderado judicial. Acto seguido, la Jueza, vista la incomparecencia de la parte demandante QUIEN NO COMPARECE NI POR SI NI POR MEDIO DE APODERADO JUDICIAL, procedió a dictar sentencia de acuerdo a lo establecido en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y actuando EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, siendo las 10:00 A.m. terminó, se leyó, y la parte presente al pie de la presente acta en señal de conformidad firma, habiéndose cumplido con todas las formalidades de ley. A los 196 años de la Independencia y 147 años de la Federación. Regístrese y publíquese.
ABG. ANA R GUEDEZ MONTILLA
LA JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA,
ABG. YOHANA TIRADO
La secretaria deja constancia que en el mismo acto se publico la presente sentencia
LA SECRETARIA,
ABG. YOHANA TIRADO
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