REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, veintiocho de noviembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : TP11-L-2005-000330
Visto que en fecha 21 de Septiembre del 2005, se admitió el presente asunto, ordenándose en la misma fecha librar el cartel de notificación para el demandado, siendo negativa la notificación habiéndose en varias oportunidades instado a la parte accionante mediante oficios que proporcionara domicilio del demandado, observado como ha sido que ha transcurrido mas de un (1) año sin que la parte haya gestionado lo referente a la notificación es por lo que de conformidad con el art. 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este Tribunal administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Publíquese y cópiese. Dada, firmada y sellada en la Sede donde despacha el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Estado Trujillo. En Trujillo, a los veintiocho (28) días del mes de noviembre del año dos mil seis (2006). Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
La Juez,
Abg. Yulibett Calderón
La Secretaria
Abg. Johana Tirado
En esta misma fecha se publico
La Secretaria
Abg. Johana Tirado
Hora de Emisión: 10:25 AM
Número de Boleta:
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