REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, veintinueve de noviembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: TP11-L-2006-000529
PARTE ACTORA: DAYANA ANTONIA GONZÁLEZ SULBARAN
PARTE DEMANDADA: AGENCIA DE LOTERIAS LA PLAZA
REPRESENTANTE LEGAL DE LA PARTE DEMANDADA: RUBEN DARIO CHINCHILLA
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: LEONARDO BARAZARTE
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy veintinueve de noviembre de dos mil seis, siendo las 10:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, que por suerte de distribución le correspondió conocer del presente asunto por ante el Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo; comparece la parte demandada Ciudadano: RUBEN DARIO CHINCHILLA DELGADO, titular de la Cédula de Identidad N° 9.374.410, asistido por el Abogado LEONARDO BARAZARTE inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 36.388, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo. Terminó. Se leyó. Conforme firman. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.
La Juez
Abg. Aura Villarreal La Secretaria
Abg. Yolimar cooz.
Parte demandada Abogado Asistente parte demandada
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