REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA

Visto el ACUERDO suscrito por ante la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, entre los ciudadanos GREIDY INYELI BARON BORAURE y ELY NOE GUTIERREZ CORDERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 13.085.109 y 11.265.844 respectivamente, de este domicilio, relacionado con el Guarda en beneficio de la niña Identidad Omitida de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, de nueve (09) años de edad, este Tribunal luego de revisarla le da entrada y lo admite cuanto a lugar en derecho por no ser contraria al orden público, buenas costumbres, o alguna disposición expresa de Ley, en consecuencia dispone homologarlo en los siguientes términos:

“UNICO: La madre ejercerá la Guarda de su hija antes identificada, a partir de la presente fecha, y velará por que reciba las atenciones y orientaciones pertinentes, además del afecto y demás cuidados que correspondan.”

En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en artículos 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el convenimiento suscrito por los ciudadanos GREIDY INYELI BARON BORAURE y ELY NOE GUTIERREZ CORDERO, en los términos ya expresados. Téngase el presente auto como una Sentencia Firme. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 3 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, en Barquisimeto, al Primer (01) día del mes de Noviembre de dos mil Seis (2.006). Años: 196° y 147°.

La Juez de Juicio N° 3



Abg. Alida M. Villasana de Andueza.
La Secretaria



AMVA/merly
Asunto: KP02-S-2006-019019
Homologación de Guarda