REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece de noviembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: KP02-L-2006-001034
PARTE ACTORA: ARMANDO GIL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 11.588.834
PARTE DEMANDADA: ESTACIONAMIENTO DE GANDOLAS
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: NEYDA PADILLA, inscrita en el IPSA Nro 58.938
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy trece (13) de Noviembre del año 2006, siendo las 10:00 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa, este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo deja expresa constancia que se llama a las puertas del Tribunal a las partes en juicio, haciéndose presente únicamente la parte demandada ESTACIONAMIENTO DE GANDOLAS, por medio de su apoderada judicial Abg. Neyda Padilla, inscrita en el IPSA Nro 58.938, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
La Juez
Abg. Ana Sonia Sánchez Aguirre
La Secretaria
Abg. Joselyn Cárdenas
La Parte Demandada
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