REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y OBLIGACION ALIMENTARIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. VALERA, TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DE DOS MIL SEIS. 196º y 147º.
Vista la diligencia inserta al folio 76 del expediente, suscrita por el abogado JOSE GREGORIO VIERAS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 112.032, mediante la cual solicita se homologue el convenimiento realizado por la parte demandada; este Tribunal niega la homologación de dicho convenimiento en virtud de la exposición realizada por la Sindico de la Alcaldía del Municipio Escuque en la que señala que el terreno es propiedad del Municipio y que el mismo se encuentra arrendado a la menor YOLANDA SACRAMENTO LEON BRICEÑO, representadaza por ELIZABETH ZAMBRANO; y se ordena realizar un cómputo pormenorizado de los días de despacho transcurridos desde el día 16 de los corrientes, hasta la presente fecha.-

El Juez,

Abog. Oscar Romero Acevedo.
La Secretaria,

Abog. Taulí T. Salas Rendón.
ORA/TTSR/lcb.
Exp. 26208

La Suscrita secretaria del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Obligación Alimentaria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en cumplimiento de lo ordenado en el auto que antecede, hace constar que desde el día 16 de Octubre de 2006, hasta hoy 31 de octubre de 2006, ambas fechas inclusive, han transcurridos nueve (09) días de despacho, discriminados de la siguiente manera: 16, 17, 18, 19, 20, 23, 27, 30 y 31 de Octubre de 2006.- Lo certifico en Valera a los treinta y un días del mes de octubre de dos mil seis.

La Secretaria,

Abog. Taulí T. Salas Rendón.

En igual fecha se realizó el cómputo ordenado.
La Secretaria,

Abog. Taulí T. Salas Rendón.