REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y OBLIGACIÓN ALIMENTARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.

VALERA, CINCO (05) DE OCTUBRE DE DOS MIL SEIS.
196° Y 147°

Vista la diligencia estampada el 26 de septiembre del presenta año por la ciudadana Maria Torres, asistida por el Abg. Jesús Viloria, Inpreabogado Nº 95.626, mediante la cual consigna los recaudos enunciados en el escrito de solicitud, contentivos de: certificación de Acta de Defunción, Justificativo de Testigos y certificaciones de actas de nacimiento de los hijos del fallecido, se le da el curso legal; cumplido como ha sido el auto de fecha 19-09-06, pasa el Tribunal a pronunciarse sobre la admisión de la solicitud:
Vista la solicitud formulada por la ciudadana MARIA ELITA TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.704.475, hábil en derecho, domiciliada en Sabana de Mendoza, Municipio Sucre, Estado Trujillo, asistida por el Abg. Jesús Viloria, Inpreabogado Nº 95.626, en la cual pide se le declare UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA DEL CIUDADANO JOSE EMILIO DOMÍNGUEZ, en su condición de concubina. Este Tribunal niega la admisión de la presente solicitud, por cuanto la accionante no demostró en autos la cualidad de concubina del referido causante como lo exige la doctrina vinculante emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en Sentencia de fecha 15 de Julio del 2005, donde establece que la concubina tiene derechos hereditarios equiparables a los cónyuges, pero que el concubinato debe declararse en “juicio contradictorio” y no por vía de jurisdicción graciosa. En consecuencia, debe la pretensa concubina incoar la acción declarativa independiente; o bien acreditar el reconocimiento voluntario de la unión concubinaria por parte de los expresados sucesores.- Así se decide.
Por cuando se observa del Acta de Defunción del de cujus José Emilio Domínguez dejó ocho (08) hijos reconocidos de nombres Emilio de Carmen, Carmen Violeta, Gregoria Josefina, Orlando de Jesus, Leonardo Antonio, Carlos Andrés, Keibes Luis y Eduardo Ramón, cuyas actas de nacimiento cursan en autos, sin que conste peticionante alguno para dicha solicitud, este Tribunal nada tiene que proveer al respecto.- Así se decide.

EL JUEZ,

ABG. OSCAR ROMERO ACEVEDO.-

LA SECRETARIA,

ABG. TAULÍ TIBISAY SALAS RENDÓN.

ORA /TTSR/rs.-
EXPEDIENTE Nº S-1147.-