REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y OBLIGACION ALIMENTARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.- VALERA, NUEVE (09) DE OCTUBRE DEL 2006.- 196° y 147°.-

Vista la diligencia suscrita por la ciudadana MARLENE CABEZAS VILLEGAS, Fiscal Octavo del Ministerio Público de esta Circunscripción, actuando en defensa de los derechos e intereses del niño GICSON ALBERTO RONDON PEÑA, donde expone que no existe objeción alguna en cuanto a lo convenido por el ciudadano JESUS ALBERTO RONDON LOBO y solicita se ordene aperturar cuenta de ahorros para el cumplimiento de la obligación alimentaria convenida. En consecuencia, este Tribunal en vista de lo antes expuesto Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente CONVENIMIENTO, procediéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosas juzgada, declara terminado el presente proceso. En cuanto a la solicitud de que este tribunal ordene aperturar cuenta de ahorros, este juzgador niega lo pedido y en su lugar ordena al demandado que le haga entrega en forma directa y personal a la ciudadana MARIELENA JOSEFINA PEÑA VALECILLO, titular de la cédula de identidad N° 17.093.449, las pensiones alimentarias con acuse de recibo.- Diarícese. Cúmplase y Archívese el expediente.-

EL JUEZ,

ABOG. OSCAR ROMERO ACEVEDO
LA SECRETARIA,

ABOGADO TAULI TIBISAY SALAS R.

EXPEDIENTE Nro. 26523
ORA/TTSR/dmdf.